Contabilidad de la Adquisición gratuita de un móvil de empresa a través de puntos (PGC y PGCPyme).

La consulta número 4 del BOICAC número 47/SEPTIEMBRE DE 2001, daba respuesta a una consulta planteada sobre el modo de contabilización de los bienes recibidos por superar un determinado consumo de servicios. Ahora responderemos a esa misma consulta pero desde la perspectiva del PGC actual. Sin duda, un caso muy frecuente en las empresas es la adquisición de un teléfono móvil por parte de la empresa, "a coste cero", beneficiándose de los descuentos que las operadoras ofrecen a través de los conocidos programas de puntos. Hasta aquí ningún problema, la empresa adquiere un terminal, por lo general de última generación, y la operadora a cambio obtiene un contrato que le asegura un consumo mínimo por parte del cliente y un período de permanencia en la compañía determinado.

La dificultad aparece a la hora de contabilizar la adquisición: ¿cómo reflejar dicha compra cuyo coste es cero para la empresa, teniendo en cuenta que además deben aparecer tanto el importe de la factura como el del IVA correspondiente?

Para contestar a esta pregunta es necesario ceñirse al procedimiento administrativo que se suele llevar a cabo, y que vamos a comentar a continuación.

En primer lugar, la tienda donde compró el móvil el cliente (en la práctica un intermediario o agente comercial de la operadora) envía a este la factura con los datos de coste del terminal y de IVA desglosados, y con el total a pagar igual a cero; y en segundo lugar, la compañía operadora de telefonía envía al cliente una factura de abono con las mismas cantidades y conceptos desglosados. Esta última factura tiene como función eliminar los flujos ficticios (en las cuentas de proveedores y de IVA) que se hayan producido con la contabilización de la primera factura, con lo que al final sólo quedarán reflejadas aquellas cuentas en las que se hayan producido los flujos reales, realizando para ello el ajuste correspondiente.

EJEMPLO

La sociedad RCRCR adquiere un teléfono móvil de última generación por medio de la sociedad Comunicaciones, S.L. que a su vez actúa como intermediario comercial de la operadora Telefonía Móvil, S.A. La compra del terminal no le supone coste alguno a RCRCR, ya que los puntos acumulados por el volumen de consumo en años anteriores le posibilitan adquirir el teléfono a coste cero, al obtener un descuento equivalente al precio del móvil.

En noviembre Comunicaciones, S.L. envía a RCRCR la factura del teléfono, cuyos datos más relevantes son:

  • - Precio del teléfono móvil: 300 euros.
  • - IVA: 63 euros.
  • - Total factura: 363 euros.
  • - Total a pagar: 0 euros.

Una semana más tarde la operadora Telefonía Móvil, S.A. remite la factura de abono a RCRCR. Los datos de dicha factura son:

  • - Puntos acumulados (descuento): 300 euros.
  • - IVA: 63 euros.
  • - Total puntos acumulados con la compañía (descuento IVA incluido): 363 euros.

Contabilizar la operación.

SOLUCIÓN

En noviembre, a la recepción de la primera factura, activaremos la compra como inmovilizado, ya que suponemos que el teléfono móvil permanecerá en la empresa más de un año, y además los contratos de permanencia suelen tener una duración de 12, 18 ó 24 meses. El asiento a realizar sería el siguiente:

Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
(649) Otros Gastos Sociales 300
HP, IVA soportado (472) 63
a Proveedores de inmovilizado a corto plazo "Comunicaciones, S.L." (523X) 363

Ahora procederemos a reclasificar a nuestro proveedor, ya que en principio, la "deuda" pasamos a tenerla ahora con la operadora y no con la tienda donde compramos el terminal (ya que es la operadora la que paga el importe del móvil a la tienda):

Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
Proveedores de inmovilizado a corto plazo "Comunicaciones, S.L." (523X) 363
a Proveedores de inmovilizado a corto plazo "Telefonía Móvil, S.A." (523Y) 363

A la recepción de la segunda factura (la de abono), haremos:

Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
Proveedores de inmovilizado a corto plazo "Telefonía Móvil, S.A." (523Y) 363
a Rappels por compras (609) 300
HP, IVA soportado (472) 63

Utilizamos en este caso la cuenta (609) ya que se trata de un descuento que la operadora ha concedido a su cliente RCRCR por el volumen de consumo acumulado de su servicio en años anteriores.

Como podemos observar se han eliminado los flujos ficticios y solamente quedan reflejadas las variaciones reales que se han producido (en las cuentas de inmovilizado y rappels por compras).

En el caso de que pensemos que el móvil no va a permanecer en la empresa al menos un año, en vez de considerarlo como una adquisición de inmovilizado lo trataremos como un gasto, utilizando en este caso las cuentas (602) "Compras de otros aprovisionamientos" y (400) "Proveedores".

Sin embargo, el hecho de considerar la adquisición del móvil como un inmovilizado podría presentar un ligero inconveniente, y es que supone un pequeño desequilibrio desde el punto de vista fiscal, ya que estaríamos imputando un ingreso de forma íntegra en el ejercicio actual (recordemos el saldo acreedor de la cuenta 609, al tratarse de una factura de abono), mientras que la imputación del gasto en cada ejercicio correspondiente al mismo activo dependería del período en el que la empresa decidiera amortizar el móvil. Es decir, si la empresa prefiriese amortizar el móvil en dos años, cada ejercicio se imputaría como gasto la mitad del valor del móvil a través de la amortización anual del ejercicio, mientras que por el mismo concepto habría imputado como ingreso la totalidad del valor del terminal en el primer año.

Esta reflexión me lleva a tener en cuenta otras posibilidades, como la apuntada anteriormente de considerar la operación como un simple gasto, lo que implicaría redefinir al móvil como un activo circulante, al permanecer en la empresa menos de un ejercicio (sin duda la alternativa perfecta para todos aquellos a los que les gusta lucir móvil nuevo cada año) e incluso llegar a plantearme hasta que punto son preferibles estas opciones tan "políticamente y técnicamente correctas" frente a la posibilidad más sencilla, primitiva e instintiva de todas: la de no hacer absolutamente nada. Pero claro, para eso no me habría molestado en escribir este artículo.

Departamento Contable de SuperContable.com

Comparte sólo esta página:

Síguenos