¿Qué tipo de cambio debo utilizar para contabilizar una operación en moneda extranjera?

Publicado: 05/11/2018

Boletín nº 43 - Año 2018


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La Norma de Registro y Valoración 11ª del Plan General de Contabilidad (NRV 13ª del PGC PYME) establece que toda transacción en moneda extranjera se convertirá al euro, mediante la aplicación al importe en moneda extranjera, del tipo de cambio de contado.

Así, una de las dudas más frecuentes es qué tipo de cambio debe emplearse para valorar las operaciones en moneda extranjera, especialmente cuando existen varias fechas importantes en el registro de la operación.

En este sentido, nos hacemos eco de la consulta nº 2 del BOICAC Nº 115/2018 sobre el tratamiento contable a aplicar en relación con el tipo de cambio que debe emplearse para contabilizar la importación de unas mercancías.

En definitiva se pregunta si debe aplicarse el tipo de cambio de contado existente en la fecha del Documento único administrativo (DUA) o si se debe utilizar el tipo de cambio de contado en la fecha de la factura.

Pues bien, se indica que el gasto por compras y la partida de proveedores en moneda extranjera se valorarán al tipo de cambio de contado que hubiera en el momento de la compra (fecha de la transacción). Posteriormente, cuando se pague la correspondiente factura, o, al cierre del ejercicio, se deberá aplicar el tipo de cambio de contado en esa fecha, y la diferencia, positiva o negativa, que surja por la variación del tipo de cambio se reconocerá en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Por la factura de compra, utilizando el tipo de cambio de la fecha de compra:

Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
(600) Compras XXX
a (4004) Proveedores (moneda extranjera) XXX

Por el pago, utilizando el tipo de cambio de la fecha de pago:

Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
(4004) Proveedores (moneda extranjera) XXX
(668) Diferencias negativas de cambio XXX
a (768) Diferencias positivas de cambio XXX
a (572) Bancos c/c XXX

En consecuencia, las mercancías importadas se incorporarán al inventario valoradas al tipo de cambio de contado que hubiera en el momento de la compra (fecha de la transacción). Este valor se incrementará en el importe de los aranceles que se liquiden por la aduana, como puede ver en este comentario sobre el tratamiento contable y fiscal de una importación de bienes.

Recuerde que...

De acuerdo con la consulta nº 2 del BOICAC 108/2016, si se realizase algún anticipo al proveedor, el mismo se valoraría al tipo de cambio de contado de la fecha en que se realice la entrega del efectivo en moneda extranjera, sin que por dicho tramo del precio de adquisición proceda reconocer diferencia de cambio alguna.

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