¿Cómo afecta el ERTE a las vacaciones de los trabajadores? ¿Y a las pagas extraordinarias?.
Publicado: 01/06/2020
Boletín nº 22 - Año 2020
La respuesta a esta pregunta depende varias cuestiones que analizamos a continuación.
Sí los trabajadores se encuentran disfrutando las vacaciones en el momento de realizarse el ERTE deben ser incluidos en el ERTE porque son trabajadores de la empresa y, durante la vacaciones retribuidas, la empresa debe seguir haciendo frente al pago del salario y las cotizaciones.
Ahora bien, en caso de que el trabajador se incorpore a un ERTE cuando ya se encuentra disfrutando las vacaciones, debe saber que solo habrá consumido vacaciones hasta el día de efectos del ERTE, es decir, hasta el día en que se entienda suspendido su contrato de trabajo. Los días de vacaciones que no disfrute por efectos del ERTE le quedarán pendientes de disfrutar para cuando el ERTE quede sin efecto y la empresa retome su actividad.
Eso sí, mientras el trabajador está afectado por un ERTE de suspensión NO se generan ni vacaciones ni la parte proporcional de las pagas extras, porque se trata de dos conceptos que están en relación con el tiempo trabajado y durante el ERTE el contrato está suspendido.
EJEMPLO:
Una empresa inicia un ERTE con fecha 15 de Marzo de 2020 y permanece en esa situación hasta el 15 de Mayo, es decir, durante dos meses.
Supongamos, por hacerlo sencillo, que las vacaciones para dicha empresa son las que establece el Estatuto de los Trabajadores (30 días naturales).
En este caso no se habrán generado derecho a vacaciones durante esos dos meses; por lo que el trabajador tendrá este años 2020 derecho a 25 días de vacaciones, en lugar de los 30 días ordinarios.
Sin embargo, si se trata de un ERTE de reducción de jornada, los trabajadores, en cuanto que siguen trabajando, aunque con menor jornada, si generan su derecho a vacaciones; ello sin perjuicio de que el salario que percibirán durante las mismas será el correspondiente a la reducción de jornada que están realizando.
O dicho de otro modo, el trabajador del ejemplo anterior sí tendrá en este caso 30 días de vacaciones, pero retribuídos en proporción a la jornada anual que realice.
Finalmente, Sepa que es ilegal imponer al trabajador a unas "vacaciones obligadas" tanto para evitar el ERTE, como para entender que las mismas se han disfrutado mientras dura el ERTE. Las vacaciones, conforme al Estatuto de los Trabajadores, deben se fijadas de común acuerdo entre empresa y trabajador y no pueden ser impuestas. Es más, la fecha de disfrute de las vacaciones debe conocerse con dos meses de antelación.
Cuestión distinta es que se pacte con los trabajadores el disfrute, en este momento, de las vacaciones. Es probable que muchos trabajadores acepten esa solución porque de vacaciones siempre cobrarán más que estando en desempleo con un ERTE.
¿Y qué pasa con las pagas extraordinarias?
En cuanto al devengo de las pagas extraordinarias, si se trata de un ERTE de suspensión de contratos, mientras dure el ERTE NO se genera el derecho a la parte proporcional de pagas extraordinarias porque el contrato de trabajo está suspendido.
En cambio, si se trata de un ERTE de reducción de jornada, el trabajador seguirá generando el derecho a la parte proporcional de pagas extraordinarias, pero su cuantía estará en relación al tiempo de trabajo que efectivamente realice.