¿Cómo comunico al SEPE la baja en la prestación o información para el control por la Inspección de Trabajo?

Publicado: 06/11/2020

Boletín nº 43 - Año 2020


Imagen Titulo

La entrada en vigor del Real Decreto-ley 30/2020, ha supuesto, además de la prórroga de los ERTEs por COVID-19 previos hasta la aparición de nuevos tipos de ERTEs por COVID-19 (por impedimento legal o por limitación a la actividad por ejemplo); pero además ha supuesto algún cambio en las comunicaciones con el Servicio Público de Empleo Estatal -SEPE-, entre otras se ha suprimido la obligatoriedad de remisión del modelo Excel de comunicación de baja de las prestaciones para los trabajadores que "salen" temporal o definitivamente del ERTE reincorporándose a sus puestos de trabajo.

Baja en las Prestaciones por Desempleo.

logo_sepe

Así, según nos trasmite el SEPE la baja en la prestación, a efectos del pago, se comunicará por la empresa exclusivamente a través de los ficheros XML de periodos de actividad.

Hasta 30 de Septiembre, el propio SEPE ya establecía este procedimiento en los términos relacionados en el párrafo anterior, si bien había habido informaciones contradictorias del mismo Organismo que hacía que se continuase enviado la hoja Excel habilitada al inicio de "la crisis sanitaria" para realizar estas comunicaciones (bajas en las prestaciones).

comunica_sepe Asistente

A partir de aquí, se facilita un asistente que realiza los cálculos de los días de actividad y permite comunicar las bajas en las prestaciones. Finalizados los cálculos, el bóton "XML" genera un fichero en este formato que puede remitirse por la aplicación Certific@2; debe seguir los pasos que le aporta el botón "Ayuda", dentro del propio generador.

No obstante, aquellas personas que no quieran utilizar el asistente disponen de una hoja de cálculo Excel (hace las mismas funciones de comunicacion que el referido asistente) que simplifica la cumplimentación de esta obligación formal e igualmente genera el fichero "XML" anteriormente referido para comunicar la baja en las prestaciones o los propios períodos de actividad del mes que corresponda.

Comunicación previa para control de prestaciones por Inspección de Trabajo.

Asistente

No ha sufrido modificación este tipo de comunicación pero si hemos creído necesario refrescar al lector la obligación que tienen las empresas de comunicar, con carácter previo a las "altas-bajas" de los trabajadores en los ERTEs por COVID-19, la situación de los trabajadores dentro de la empresa para evitar de esta forma, entre otros ejemplos, que la Inspeccion de Trabajo se persone en una entidad y encuentre trabajadores que en teoria y por la documentación presentada todavía continuen en el ERTE cobrando prestaciones.

Como hemos podido comprobar en la imagen presentada inicialmente, esta opción también la encontramos disponible en Certific@2, y a partir de marcar el enlace señalado, se facilita un asistente que permite enviar la información a que nos obliga la Inspeccion de Trabajo (aún cuando la herramienta utilizada para el envío de la información se realiza a través del Servicio Público de Empleo Estatal, concretamente de Certific@2.

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