Nuevo Modelo de Diligencia para actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que susti

Fecha Publicación: 13-09-2016 - Número Boletín: 34 Año: 2016

           Ayer mismo (12.09.2016) ha sido publicada la Orden ESS/1452/2016, de 10 de junio por la que se regula el modelo de diligencia de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, modelo cuya utilización pasa a ser efectiva a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), es decir, 13 de Septiembre de 2016.

           De todos los empresarios y trabajadores es conocida la obligación de atender debidamente a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y Subinspectores Laborales, acreditando su identidad, colaborando con ellos con ocasión de visitas u otras actuaciones inspectoras.

           Consecuencia de estas visitas o comparecencias ante la Inspección de Trabajo, la norma obliga a extender diligencia sobre cada una de las actuaciones que se realicen (visita, comprobación, etc.); de esta forma las empresas ya no tendrán que tener a disposición de la Inspección el denominado libro de visitas en el que se recogían las inspecciones que les realizaba la Inspección de Trabajo.

           Así, ha de ser la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la que documente y deje constancia de las actuaciones inspectoras realizadas en las visitas a las empresas o en las comparecencias de éstas en las oficinas de inspección, sin necesidad de que las empresas dispongan del referido libro, aunque como veremos, eso no implica que hayan de conservarse las copias de las referidas diligencias durante un tiempo determinado.

           Hemos de recordar como así hace la propia Orden ESS/1452/2016, que en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, se elimina la obligación de que las empresas tuviesen, en cada centro de trabajo, un libro de visitas a disposición de los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En su lugar, se refleja que ha de ser la Inspección de Trabajo la que se encargue de mantener esa información a partir del libro electrónico de visitas que desarrolle la Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social; ahora bien,  el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 10 de julio de 2015, propone la supresión de la obligatoriedad del libro de visitas electrónico para 2017, por lo que habremos de ver si finalmente se produce de forma efectiva.

           Teniendo en cuenta que el propio Ministerio de Empleo y Seguridad Social establece que, aunque en la medida de lo posible se utilicen medios electrónicos, no se impongan a los interesados obligaciones a la hora de adquirir o diligenciar cualquier clase de libros o formularios para recoger estas diligencias, el modelo presentado podrá ser utilizado con los contenidos establecidos o bien un documento oficial sustituvo.

           El contenido del nuevo modelo de Diligencia, viene regulado en el artículo 2 de la Orden inicialmente referida, y básicamente establece la obligación de contener:

  1. Lugar y fecha de expedición de la diligencia.
  2. Identificación del funcionario actuante y cuerpo al que pertenece.
  3. Datos de la empresa y centro de trabajo.
  4. Nombre, apellidos y DNI/NIE de la persona que atiende/comparece ante el funcionario.
  5. Materias o aspectos examinados y demás circunstancias concurrentes.
  6. Otros dependiendo del objeto de la diligencia.

           Tal y como señala la Orden ESS/1452/2016, este modelo de diligencia también podrá ser utilizado para los requerimientos de subsanación que los técnicos habilitados en materia de Prevención de Riesgos Laborales, realicen en el ejercicio de sus funciones de comprobación.

Hemos de reseñar que “cada ejemplar de la diligencia entregado o remitido a la empresa, deberá ser conservado a disposición de la Inspección de Trabajo y Seguridad social durante el plazo de cinco años, a contar desde la fecha de expedición de cada uno de ellos”.

           También deberán conservarse durante este período de tiempo los Libros de Visitas y modelos de Diligencias anteriores a la Orden aquí estudiada.

Modelo_Diligencia


Departamento Laboral de RCR Proyectos de Software.

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