Caso Práctico de Contabilidad: Valoración de acciones al cierre del ejercicio.

Publicado: 29/12/2015

ACTUALIZADO 22/10/2018

Boletín nº 50 - Año 2015


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La entidad SuperContable, en 2015, compra a través de la Sociedad de Valores de su entidad financiera 1000 acciones de "Pelotazo, SA", con ánimo de especular con ellas en el mercado a corto plazo. La compra se formaliza con fecha 10 de Octubre de 2015 y el importe de la operación ha sido de 25 Euros/acción con unos gastos totales por la operación de 625 euros.

A 31 de diciembre 2015 el valor razonable de las acciones es de 30 euros/acción.

A 31 de diciembre de 2016 el valor razonable de las acciones es de 23 euros/acción por lo que la empresa decide mantener la inversión hasta que se recupere el valor de la misma (aún cuando su carácter era especulativo).

A 2 de Marzo de 2017 vende las acciones por importe de 27 euros/acción, los gastos de la venta importan 250 euros.

SOLUCIÓN

En primer lugar hemos de reseñar, que tanto las empresas que utilizan el Plan General Contable Pyme (PGCPyme) como el Plan General Contable Normal (PGC), han de clasificar sus activos financieros en unas “cestas” o categorías a efectos de su registro y valoración contable. En ambos casos, existe la categoría de “Activos Financieros mantenidos para Negociar”.

Estas mismas Normas de Registro y Valoración (NRV) definen que los activos financieros se poseen para negociar cuando:

(…)

  • Se origine o adquiera con el propósito de venderlo en el corto plazo (por ejemplo, valores representativos de deuda, cualquiera que sea su plazo de vencimiento, o instrumentos de patrimonio, cotizados, que se adquieren para venderlos en el corto plazo).
  • Forme parte de una cartera de instrumentos financieros identificados y gestionados conjuntamente de la que existan evidencias de actuaciones recientes para obtener ganancias en el corto plazo, o
  • Sea un instrumento financiero derivado, siempre que no sea un contrato de garantía financiera ni haya sido designado como instrumento de cobertura.

(…).

De esta forma, podemos calificar las acciones objeto de nuestro caso práctico como “activos financieros mantenidos para la venta” que, de acuerdo con la Norma de Registro y Valoración 9ª referidas, establecen que la valoración inicial de estos activos financieros mantenidos para negociar se hará por su valor razonable. Al mismo tiempo se establece que los costes de la transacción que les sean directamente atribuibles se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.

  • Así con fecha 10/10/2015: Compra 1.000 acciones a 25 Euros/acción
Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
(5400) Inversiones financieras a C/P en instrumentos de Patrimonio 25.000
(669) Otros gastos financieros 625
a (57-) Tesorería 25.626

El cambio de intención sobre el mantenimiento de estas acciones no implica su reclasificación a otra cartera, dado que la norma indica que “La empresa no podrá reclasificar ningún activo financiero incluido inicialmente en la categoría de mantenidos para negociar o a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias, a otras categorías, ni de éstas a aquéllas, salvo cuando proceda calificar al activo como inversión en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo o asociadas”.

De esta forma, las mencionadas NRV establecen que las valoraciones posteriores se harán por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que pudieran incurrir en su enajenación. Los cambios que se produzca en el valor razonable se imputarán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.

  • A cierre de ejercicio 31/12/2015 ((30-25) * 1.000)
Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
(5400) Inversiones financieras a C/P en instrumentos de Patrimonio 5.000
a (763) Bº por valoración de instrumentos financieros por su valor razonable 5.000
  • A cierre de ejercicio 31/12/2016 ((30-23) * 1.000)
Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
(663) Pérdidas por valoración de instrumentos financieros por su valor razonable 5.000
a (5400) Inversiones financieras a C/P en instrumentos de Patrimonio 7.000
  • Por la venta de las acciones 02/03/2017: (27 x 1000 acciones)
Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
(57-) Tesorería 27.000
a (5400) Inversiones financieras a C/P en instrumentos de Patrimonio 23.000
a (766) Beneficios por la enajenación de valores negociables 4.000
  • Por los gastos de venta
Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
(669) Otros gastos financieros 250
a (572) Bancos c/c 250

Es importante saber que...

Resultará muy importante la clasificación de los activos en las distintas categorías, pues como acabamos de comprobar, la clasificación como activos financieros mantenidos para negociar implica la imputación en PyG, todos los años al cierre del ejercicio, de la variación de su valor razonable, con la consecuente incidencia (positiva o negativa) en la tributación; no todas las clasificaciones implican imputación al resultado contable.

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