Según la NV 21ª, cuando se produzca un cambio en algún criterio contable, se aplicará de forma retroactiva y su efecto se calculará desde el ejercicio más antiguo para el que se disponga de información.
El ingreso o gasto correspondiente a ejercicios anteriores derivado de dicha aplicación dará lugar a un ajuste que se imputará directamente al patrimonio neto, concretamente en una partida de reservas salvo que afectara a un gasto o ingreso que se imputó en años anteriores directamente en otra partida del patrimonio neto. Además habrá que modificar las cifras afectadas en la información comparativa de los ejercicios a los que afecte el cambio de criterio contable.
Siempre que se produzcan cambios en algún criterio contable, deberá informarse de ello en la memoria de las cuentas anuales.
Ejemplo:
La sociedad RCRCR adquiere el día 01.01.2008 un edificio con el fin de utilizarlo para el desarrollo de su actividad productiva. El valor del terreno es 50.000 euros y el valor de la construcción 400.000 euros. El método de amortización utilizado es el lineal. La vida útil del edificio se estima en un principio en 50 años. Se paga por bancos la mitad del total del importe de la compra en el momento de la adquisición, pagándose el resto dentro de 6 meses.
El día 01.02.09 la empresa, debido a un error contable en la estimación de la vida útil del edificio, decide cambiar y amortizar cada año el 2,5 %
Contabilizar la operación aplicando cuando procedan los porcentajes de amortización oportunos
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A 01.01.2008, por la adquisición del edificio, el asiento contable será:
400.000
50.000
72.000 |
Construcciones (211)
Terrenos y bienes naturales (210)
Hacienda Pública, IVA soportado (472)
((16% (400.000 + 50.000)) |
a
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Proveedores de inmovilizado a corto plazo (523)
((400.000 + 50.000 + 72.000 – 80.000)/2)
Bancos, c/c (572) |
261.000
261.000 |
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- - - |
x |
- - - |
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A 01.07.2008, por el pago de lo adeudado por la empresa, haremos:
261.000 |
Proveedores de inmovilizado a corto plazo (523) |
a
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Bancos, c/c (572) |
261.000
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- - - |
x |
- - - |
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A 31.12.08, por la amortización del ejercicio:
8.000 |
Amortización del inmovilizado material (681)
(400.000/50) |
a
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Amortización acumulada del inmovilizado material (281) |
8.000
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- - - |
x |
- - - |
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A partir del día 01.01.2009, al cambiar el criterio de amortización, se modifica también la cantidad amortizada, y esta modificación, según la norma de valoración 22ª, se llevará a cabo con efecto retroactivo desde el último ejercicio contable del que se disponga de información, lo que dará lugar a un ajuste en el patrimonio neto (al ser la causa del cambio de criterio un error contable cometido por la propia empresa) por la diferencia en la cantidad amortizada como consecuencia del cambio en el criterio de amortización.
En el año 2008 habíamos amortizado 8.000 euros, cuando en realidad deberíamos haber amortizado:
2,5 % 400.000 = 10.000 euros; luego a 01.01.2009 habrá que realizar un ajuste en el patrimonio neto (en una cuenta de reservas) por valor de 10.000 – 8.000 = 2.000 euros, reflejado en el siguiente asiento contable:
2.000 |
Reservas voluntarias (113) |
a
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Amortización acumulada del inmovilizado material (281) |
2.000 |
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- - - |
x |
- - - |
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