MODELO DE CARTA DE REQUERIMIENTO DE PAGO CON MENCIÓN A LA INCLUSIÓN DEL DEUDOR EN UN FICHERO DE MOROSOS

D/DÑA............................................................

C/................................................., Nº..........

CP................................. - ...........................

En................, a..........de................de......

Muy Sr./Sra. Mío/a:

Nos ponemos en contacto con usted para comunicarle que continúa pendiente de regularizar por su parte la deuda que mantiene con nosotros, como consecuencia de las relaciones comerciales que nos unen (cabe explicar exactamente a que corresponde) y que, a fecha de la presente, asciende ya, con sus intereses legales, a la cantidad de ............. euros.

Como quiera que la misma debía haberse abonado el pasado día........... de.......... 2......., le requiero para que en el plazo improrrogable de .............. días (lo habitual es conceder entre 5 y 15 días, dependiendo de la cantidad que se reclame) proceda a hacer efectiva la misma mediante ................................. (indicar el modo o forma de hacer efectivo el pago, así como el lugar), ya que, en caso contrario, nos veremos obligados a iniciar las actuaciones judiciales oportunas a fin obtener el cobro de las cantidades que nos son adeudadas, las cuales resultarían mucho más gravosas para todos.

Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se hace constar expresamente que el presente requerimiento de pago constituye título suficiente para la inclusión de la deuda que mantiene con nosotros, y de su condición de deudor, en los ficheros de solvencia patrimonial y de crédito (ficheros de morosos) de los distintos sistemas de información crediticia; con los perjuicios que ello pudiese acarrearle. Así lo ha confirmado también la jurisprudencia más reciente del TS, que en las Sentencias de Pleno 946/2022, de 20 de diciembre y 959/2022 y 960/2022, de 21 de diciembre, establece que el requerimiento de pago se trata de un verdadero requisito esencial de licitud de la inclusión de datos personales en los ficheros de información crediticia (ficheros de morosos). Y en la Sentencia 945/2022, de 20 de diciembre, el Pleno ha acordado que después de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2018 subsiste este requisito del requerimiento previo de pago, si bien basta con que la advertencia de inclusión en el fichero se hubiera realizado en el contrato.

En la confianza de que atenderá este requerimiento, reciba un cordial saludo.

Fdo. D/Dña.........................................................

Abogado Colegiado Nº .................... de...................

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