Comunicaciones a realizar en Noviembre a la AEAT con efectos para 2025.
Publicado: 30/10/2019
ACTUALIZADO 04/11/2024
En el presente comentario simplemente pretendemos recordar a nuestros lectores, que el mes de noviembre resulta en muchas ocasiones de vital importancia a la hora de determinar nuestras obligaciones con la Administración Tributaria a partir del ejercicio siguiente: en este caso 2025.
Es en este “lapso temporal delimitado”, donde determinados contribuyentes podrán causar alta, baja o modificar sus obligaciones tributarias al respecto de algunos de los tributos por los que han de “dar cuentas” a la Administración. No obstante, dado que el último día del mes cae en sábado, este año tendremos de plazo hasta el 2 de diciembre.
Así, podemos resumir en el presente cuadro informativo:
COMUNICACIÓN A REALIZAR | Modelo para la Comunicación |
Solicitud aplicación régimen de deducción común para sectores diferenciados | Sin modelo normalizado |
Solicitud de inscripción/baja en el Registro de Devolución Mensual (REDEME) | Modelo 036 de la AEAT |
SII: Opción o renuncia por la llevanza electrónica de los libros registro | Modelo 036 de la AEAT |
SII: Comunicación de la opción / renuncia por la facturación por los destinatarios de las operaciones o terceros | Modelo 036 de la AEAT |
Comunicación de la condición de revendedor de teléfonos móviles y consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales | Modelo 036 de la AEAT |
Opción o renuncia por ingresar las cuotas del Impuesto a la importación liquidadas por la Aduana en la declaración correspondiente al período en que se reciba el documento en el que conste la liquidación practicada. Con carácter general en noviembre. | Modelo 036 de la AEAT |
Comunicación de la renuncia al Régimen especial de tributación por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes por personas físicas que adquieran su residencia fiscal en España por desplazarse a territorio español (Noviembre y Diciembre) | Modelo 149 de la AEAT |
SII: Suministro de Información Inmediata. REDEME: Registro de Devolución Mensual. |
Como podemos observar, al respecto de la aplicación del Sistema de Información Inmediata (SII) quienes estén obligados a su aplicación podrán renunciar, mediante la presentación del modelo 036 de la AEAT en el mes de noviembre anterior al inicio del año en que se desea surta efecto (hasta el 2 de diciembre de 2024 para que surta efectos a partir de 1 de Enero de 2025).
Además, por supuesto, en el mes de noviembre habrán de ser presentados, hasta el día 2 de diciembre, los modelos de liquidación y autoliquidación mensuales de aquellas empresas cuya periodicidad al respecto de las obligaciones tributarias va de mes a mes, salvo la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, modelo 349, que tiene de plazo hasta el 20, y al mismo tiempo existen otras obligaciones que también tienen como fecha fin para su presentación el 2 de diciembre de 2024 (no obstante, si se trata de autoliquidaciones con resultado a ingresar que se quieran domiciliar el plazo terminará 5 días antes, el 27 de noviembre), como son:
- IVA.
- Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica.
Además, en este mes no debemos olvidar presentar el Modelo 232 de Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales, cuando estemos obligados a ellos y nuestro período impositivo impositivo coincida con el año natural.