Cambios en el modelo 303 de autoliquidación del IVA de 2021.

Publicado: 30/12/2020

Boletín nº 01 - Año 2021


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El 30 de diciembre de 2020 ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado la Orden HAC/1274/2020, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de Comunicación de datos, correspondientes al Régimen especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido, la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación y la Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

Como su título indica esta disposición trae cambios en las autoliquidaciones del IVA, modelos 303, 322 y 353, correspondientes a los periodos de liquidación que se inicien a partir del 1 de enero de 2021 y a las declaraciones recapitulativas de operaciones intracomunitarias, modelo 349, correspondientes a 2021.

Modelo303

En lo que respecta al modelo 303 de autoliquidación del IVA, las novedades se centran principalmente en las secciones de identificación y de resultado.

En el apartado de identificación se reformula la redacción de las distintas opciones para pasar de un formato de preguntas a uno de verificación, de tal forma que para cada opción se establece una única casilla que marcar si es el caso en lugar del actual sistema de dos casillas (SÍ / NO).

Por otra parte, en el apartado de resultado se añaden dos nuevas casillas para indicar las cuotas a compensar aplicadas en el periodo y las que quedan pendientes para periodos posteriores, lo que facilitará conocer en cada momento los saldos aplicados y pendientes.

Por último, se renombra la casilla 93 del apartado exclusivamente a cumplimentar en el último periodo de liquidación por aquellos sujetos pasivos que queden exonerados de la Declaración-resumen anual del IVA para que coincida su contenido con el de la casilla 59 del apartado de información adicional.

Por otra parte, los cambios en los modelos 322 y 353 vienen en el mismo sentido que los enumerados para el modelo 303 pero además se introduce una casilla para identificar a los grupos de entidades sometidos a normativa foral.

Por su parte, en el modelo 349 se introducen modificaciones en la codificación del NIF IVA para posibilitar la correctadeclaración de operaciones intracomunitarias en los términos que resulten del Acuerdo relativo a la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea.

Recuerde:

Los cambios indicados afectan a los periodos impositivos iniciados en 2021, luego no son de aplicación para las declaraciones del cuarto trimestre del 2020 aun cuando se presenta en 2021.

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