Aspectos a tener en cuenta para la correcta deducción de gastos de telefonía por trabajadores autónomos.

Mateo Amando López, Departamento Contable-Fiscal de SuperContable.com - 23/10/2023


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Cuando se desarrolla una actividad económica como autónomo es habitual dudar sobre cómo proceder ante determinados tipos de gastos desde el punto de vista de su deducibilidad fiscal, una veces por su naturaleza excepcional y otras por su carácter externo a la actividad desarrollada, lo que ocasiona que no tengan buen encaje en el registro de gastos a los ojos de Hacienda, como puede ocurrir con los cursos de formación, los gastos relacionados con vehículos o por desplazamiento y dietas.

¿Puedo deducirme los gastos de telefónía móvil?

Una consulta habitual, especialmente cuando se van a presentar por primera vez los modelos tributarios correspondientes a una actividad que se acaba de iniciar corresponde al gasto asociado a la adquisición y uso de un teléfono móvil que se ha usado o se tiene la intención de usar en el desarrollo de la actividad económica.

Ante la inexistencia de norma específica que regule este gasto concreto, debemos regirnos por el criterio general: la deducibilidad de los gastos está condicionada por el principio de su correlación con los ingresos, de tal forma que aquellos respecto de los que se acredite que se han ocasionado en el ejercicio de la actividad serán deducibles, mientras que cuando no exista esa vinculación o no se probase suficientemente no podrían considerarse como fiscalmente deducibles de la actividad económica.

Además, es criterio reiterado por la Dirección General de Tributos a la hora de determinar la deducibilidad de los gastos derivados del uso de una línea de telefonía móvil que serán deducibles los gastos incurridos en la medida en que esta línea se utilice exclusivamente para el desarrollo de la actividad económica. Si la línea de telefonía móvil se utiliza indistintamente para fines particulares como para fines profesionales, no podrá deducir gasto alguno.

DetalleSi una línea telefónica se utiliza exclusivamente para la actividad el gasto derivado de la misma será deducible. Entre dichos gastos se encontrará el de la adquisición del propio teléfono móvil, si bien dicha deducción deberá realizarse por la vía de la amortización, aplicando a su valor de adquisición el coeficiente de amortización correspondiente.

En este sentido, la afectación exclusiva de la línea de telefonía móvil a la actividad deberá ser acreditada fehacientemente en caso de comprobación o inspección, por ejemplo por la correlación entre llamadas realizadas y los datos de clientes o mediante el mantenimiento de distintas líneas para uso empresarial y particular.

Dicho esto, en caso de utilizar varias líneas de la misma compañía es necesario que en la factura se diferencie el importe correspondiente a cada línea a la hora de poder hacer efectiva su deducibilidad en el rendimiento de la actividad económica.

¿Y qué ocurre con los gastos de telefonía fija?

En el caso de una línea de telefonía fija la deducibilidad del gasto varía dependiendo de dónde desarrollamos la actividad económica.

Si trabajas desde un local u oficina, afectado integramente a la actividad, podrás deducir todo el importe de las facturas correspondientes.

Si por el contrario trabajas desde casa, sólo podrás deducir el porcentaje que resulte de aplicar un 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, como ocurre con el resto de suministros de la vivienda, de acuerdo con el artículo 30.2.5º.b) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, salvo que pueda probar un porcentaje mayor de afectación.

Importante:

La deducibilidad de cualquier gasto estará condicionada, además de a su correlación con los ingresos, por su justificación mediante el original de la factura normal o simplificada con identificación del destinatario y su registro en los libros-registro que obligatoriamente deben llevar los autónomos en estimación directa.

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