¿Los ingresos por operaciones financieras de una sociedad forman parte de su cifra de negocios?

Publicado: 13/08/2020

Boletin nº 32 - Año 2021


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El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en su Boletín de Junio de 2021 (BOICAC nº 126), ha dado respuesta a esta pregunta tan frecuente sobre los componentes de la cifra de negocios.

Para ponernos en situación, la consultante es una empresa dedicada a la fabricación y venta de calzado pero que de forma periódica recibe ingresos derivados de otras actividades, como el arrendamiento de un almacén, dividendos recibidos de sociedades dependientes y asociadas e intereses de préstamos concedidos a las mismas sociedades. Y se cuestiona si los citados ingresos deben incluirse como componentes positivos de la cifra de negocios.

Para dar respuesta a estas cuestiones el ICAC cita la Resolución de 10 de febrero de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dictan normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para el reconocimiento de ingresos por la entrega de bienes y la prestación de servicios. En el artículo 34 de esta RICAC sobre el reconocimiento de ingresos se incluye en el cómputo del importe neto de la cifra de negocios determinados ingresos financieros procedentes de las entidades participadas dependientes o asociadas de una entidad con el requisito de que la entidad poseedora de las participaciones sea una sociedad de tenencia de valores porque en este caso se entiende que dicha actividad debe calificarse como ordinaria. En consecuencia, la respuesta final del ICAC es la siguiente:

Por lo anterior, los ingresos de carácter financiero no forman parte del resultado de la explotación salvo que procedan de la actividad ordinaria de la entidad (como es el caso de una sociedad holding).

Luego los ingresos financieros sólo formarán parte de la cifra de negocios en entidades financieras, de seguro y de tenencia de valores. En el resto de empresas los ingresos financieros no se tendrán en cuenta para el cómputo de la cifra de negocios ya que no se considerará que forman parte de su actividad económica habitual aquellas operaciones financieras que pudieran llegar a realizar.

Precisamente esta mención a la expresión actividad ordinaria es la que marca los importes a considerar en la cifra de negocios, teniendo en cuenta que en muchos casos las empresas realizan varias actividades simultáneas.

En estos casos de multiactividad, el ICAC remarca que los ingresos producidos por las diferentes actividades de la empresa se considerarán en el cómputo de las actividades ordinarias, en la medida en que se obtengan de forma regular y periódica y se deriven del ciclo económico de producción, comercialización o prestación de servicios propios de la empresa, es decir, de la circulación de bienes y servicios que son objeto del tráfico de la misma.

Así, en el caso planteado no se computarían para la cifra de negocios ni los dividendos ni los intereses de préstamo recibidos, mientras que los ingresos correspondientes al arrendamiento, en tanto se considere actividad ordinaria, sí se tendrían en cuenta para la cifra de negocios de la sociedad.

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