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Boletín nº26 25/06/2024

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¿Está obligada la empresa a reincorporar al trabajador en excedencia si pide su reingreso fuera de plazo?

Antonio Millán, Abogado, Departamento Laboral de Supercontable - 21/06/2024

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En SuperContable ya hemos abordado con anterioridad la cuestión de las excedencias laborales, apuntando que cuentan con una escueta regulación en el Estatuto de los Trabajadores -E.T.-.

Como ocurre en otras muchas materias laborales, los Convenios Colectivos son los que desarrollan, amplían y, teóricamente, mejoran la regulación de las excedencias que contiene el Estatuto de lo trabajadores.

Decimos "teóricamente" porque es un principio general de derecho laboral que un Convenio Colectivo no puede restringir, recortar o "empeorar" aquello que establece el Estatuto de los Trabajadores; pero, como veremos a continuación, ello no siempre es así.

Una de las cuestiones que más problemas suscita en las excedencias es el reingreso del trabajador cuando finaliza la misma; y esta es precisamente la situación que aborda la Sala Social del Tribunal Supremo en la Sentencia nº 726/2024, de 22 de Mayo de 2024.

Dado que, como hemos dicho, el Estatuto de los Trabajadores apenas contiene regulación, son los Convenios Colectivos los que regulan la forma, los plazos y los trámites que debe realizar el trabajador para solicitar su reingreso cuando finaliza la excedencia.

En el caso que analiza el Alto Tribunal, referido a un Convenio Colectivo que establece que, en el caso de la excedencia voluntaria, se perderá el derecho de reingreso en la empresa si no es solicitado por el interesado con una antelación de un mes a la fecha de finalización del plazo que le fue concedido.

La jurisprudencia ya ha establecido que decae el derecho al reingreso si no se solicita a la empresa antes de que finalice el periodo de excedencia.

Pero, ¿qué ocurre si se solicita el reingreso antes de finalizar la excedencia pero sin cumplir el plazo de preaviso que fija el Convenio Colectivo?

En el caso de la Sentencia nº 726/2024, de 22 de Mayo de 2024, el trabajador, que había solicitado una excedencia voluntaria de de 6 meses de duración, solicita su reingreso a la empresa, antes el fin de la excedencia, pero con menos de un mes de antelación que establece el Convenio.

La empresa deniega el reingreso del trabajador alegando que tenía que haber pedido su incorporación con un mes de antelación.

El empleado demanda por despido, pero tanto el Juzgado de lo Social como el TSJ de Madrid dan la razón a la empresa, al entender que el empleado había perdido el derecho de reingreso por incumplimiento del plazo de preaviso que establece el Convenio.

Se trata de fijar cuáles son las consecuencias del incumplimiento del plazo de preaviso para la reincorporación tras una excedencia voluntaria.

El Tribunal Supremo debe determinar si la empresa tiene la posibilidad de denegar el reingreso, por el incumplimiento del plazo de preaviso, o si, por el contrario, debe considerarse como despido la situación del trabajador en excedencia voluntaria al que se le deniega el reingreso por la razón expuesta.

La STS 61/2022 de 25 de enero (Rcud. 4927/2018), aunque respecto a un Convenio Colectivo distinto, rechaza que del incumplimiento del plazo de preaviso se pueda derivar la pérdida del derecho al reingreso del trabajador.

No debe olvidarse que, conforme se establece en la STS 376/2023, de 24 de mayo (Rcud. 2355/2020), la excedencia voluntaria es una manifestación atípica de la suspensión del contrato de trabajo porque produce el mantenimiento del vínculo contractual y suspensión de las obligaciones mutuas de trabajar y remunerar el trabajo. El trabajador causa baja en la empresa, se le da de baja en Seguridad Social, pero mantiene su vínculo contractual con la empresa, aunque no existe derecho a reserva del puesto de trabajo cuando finalice la situación de excedencia.

El Tribunal Supremo señala que el Convenio Colectivo puede establecer un plazo determinado para efectuar la solicitud de reingreso, y puede también fijar las consecuencias de su incumplimiento.

Pero las consecuencias de dicho incumplimiento deben ser proporcionadas y, por tanto, en palabras del Tribunal "... nunca podrían ser de tal magnitud que, de suyo, implicasen la pérdida del derecho ya que tal efecto no está previsto en la norma ni ésta remite para ello al pacto colectivo".

En conclusión....

Time-OutLa fijación de un plazo de preaviso para solicitar el reingreso de una excedencia NO puede llevar aparejado que su incumplimiento pueda dar lugar a la pérdida de ese derecho y, en consecuencia, a la extinción del contrato de trabajo. Por tanto, NO puede la empresa negar la reincorporación aunque se solicite fuera de plazo.


Señala el Supremo que, si se admite esta posibilidad, el convenio estaría estableciendo unos efectos que la ley ni ha previsto ni permite. Se trataría, en definitiva, de una disminución, por vía de convenio colectivo, de los derechos que la Ley reconoce al trabajador, y ello no está permitido.