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Boletín nº23 04/06/2024

ARTÍCULOS

¿Sabe lo que controla la Inspección de Trabajo en su Plan de actuación para 2024?

Antonio Millán, Abogado, Departamento Laboral de Supercontable - 03/06/2024

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Mediante la Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, se publicó el Acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2021, por el que se aprobaba el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2021-2023.

Aunque no existe todavía un nuevo Plan estratégico, sí que se ha hecho publico por el Ministerio de Trabajo que el pasado 27 de Mayo se aprobó la planificación de la actuación inspectora para 2024.

En la información publicada por el Ministerio se aportan datos sobre las actuaciones realizadas en el ejercicio 2023, destacando que se incrementaron las actuaciones en un 12%, que se dieron más de 100.000 altas de oficio y que se tramitaron 620.581 expedientes; y se señala también que se ha planificado realizar más de 624.000 actuaciones durante 2024.

A la espera de que se apruebe Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social plurianual, vamos a desgranar aquí cuáles son las líneas generales de actuación de la ITSS para 2024.

La primera medida a resaltar es el establecimiento de una serie de objetivos conjuntos con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, mejorando la coordinación entre ambas entidades para controlar la obtención y el disfrute de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, y perseguir las situaciones de fraude en el acceso o mantenimiento del derecho a tales prestaciones, como las conductas que puedan dificultar su adecuada percepción y disfrute.

Para ello se mejora el intercambio de información y de datos, como herramienta en la lucha contra el fraude.

Otros aspectos que va a controlar la Inspección de Trabajo son:

Cotizaciones

Otro foco de atención es el que afecta a las irregularidades relacionadas con el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, para la que resulta de especial relevancia el buzón de denuncias anónimas de la Inspección de Trabajo.

En el Buzón de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, cualquier trabajador, o incluso un tercero, puede poner en conocimiento de la ITSS, de forma anónima, cualquier comportamiento que implique un incumplimiento laboral o de seguridad social por parte de un empleador.

En este campo, la ITSS va a seguir controlando las faltas de alta, la infra-cotización, pago de cantidades que no figuran en nómina y no declaradas a la seguridad social (pagos en "B"), o el hecho de estar recibiendo prestaciones de Seguridad Social que no corresponderían y en las que no se cumplen los requisitos (por ejemplo, trabajo incompatible con la prestación de desempleo, incapacidad temporal o de jubilación).

Asimismo, se van a seguir desarrollando acciones para la regularización de salarios y cotizaciones a la Seguridad Social, centradas, sobre todo, en los sucesivos incrementos del salario mínimo interprofesional (SMI) de los últimos años.

Empleo irregular

Dentro de lo que se refiere al empleo irregular, la vigilancia se centra en los contratos desde temporalidad, trabajadores sin contrato y falsos autónomos, trabajadores con jornada superior a la firmada en contrato (contratos a tiempo parcial irregulares), discriminación en el salario por razón de género (brecha salarial)

Y, como ya dijimos en nuestro comentario sobre la extinción del contrato en periodo de prueba, la Inspección de Trabajo va a llevar a cabo campañas de actuación contra posibles abusos en el periodo de prueba, tales como establecer un periodo de prueba cuando el trabajador ya haya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contratación, o extinguir el contrato amparándose en el periodo de prueba, aunque se haya superado el plazo de duración del mismo.

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Prevención de riesgos laborales

En el área de prevención de riesgos laborales, por un lado, en las actuaciones inspectoras que se dan tras un accidente de trabajo, las posibles infracciones detectadas están o bien relacionadas con una mala evaluación de los riesgos, o bien con que el empresario no ha puesto a disposición de los trabajadores las medidas de protección suficientes. Se va a comprobar, por ejemplo, la falta de instalación de equipos y maquinaria o falta de equipos de protección individual o colectivo.

Y la actuaciones que se hacen sin que haya ocurrido un accidente son para verificar que la empresa está cumpliendo con la prevención de riesgos. Se comprobará la ausencia de evaluación de la tarea en concreto del puesto de trabajo a realizar, la falta de formación o la falta de equipos de protección.

Contratación de extranjeros

Por último está el área de empleo y extranjeros, donde habitualmente se concentrarían aquellas infracciones que tienen que ver con irregularidades en el empleo a personas sin nacionalidad española; y de las personas que son objeto de trata con fines de explotación laboral.

En especial...

No se debe olvidar que se va a incidir (de hecho ya se está haciendo) en la derivación de responsabilidad por deudas con la Seguridad Social, mediante campañas masivas en colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social para combatir el fraude en la cotización y recaudación de las cuotas de la Seguridad Social.