Boletín semanal
Boletín nº13 01/04/2025

NOTICIAS
El jueves entra en vigor la Ley de Eficiencia de la Justicia.
Equipo de Redacción, SuperContable.com - 01/04/2025
- El 3 de abril entra en vigor la Ley Orgánica 1/2025, una reforma que busca agilizar la Justicia con la creación de tribunales de instancia, la ampliación de los juicios rápidos y la promoción de la mediación como paso previo a la vía judicial.

Este jueves, 3 de abril, entra en vigor la Ley Orgánica 1/2025 de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. Esta reforma introduce cambios significativos en la organización judicial, la resolución de conflictos y el derecho laboral, con el objetivo de mejorar la rapidez y efectividad de los procesos judiciales en España.
Uno de los cambios más importantes es la transformación de los juzgados unipersonales en tribunales de instancia. Estos órganos colegiados estarán compuestos por jueces de primera instancia y contarán con secciones especializadas en ámbitos como el civil, mercantil y de familia. Con esta medida se pretende mejorar la coordinación entre jueces y agilizar la resolución de los casos.
Los tradicionales juzgados de paz también verán cambios significativos con la entrada en vigor de la nueva ley, que se transformarán en las nuevas Oficinas de Justicia en los municipios. Se potenciará su papel en la resolución de conflictos menores mediante la mediación y conciliación, reduciendo la carga de los juzgados de instancia. Asimismo, se ampliarán sus competencias en asuntos civiles de menor cuantía y en la tramitación de procedimientos administrativos simples, con el fin de acercar la justicia a los ciudadanos en el ámbito local, especialmente en áreas rurales.
Otra de las novedades más relevantes es la obligatoriedad de utilizar métodos alternativos de solución de conflictos (MASC) antes de acudir a la vía judicial en procedimientos civiles y mercantiles. Los ciudadanos deberán recurrir a mediación, conciliación privada u opinión de expertos antes de presentar una demanda, salvo en casos que involucren derechos fundamentales, filiación o menores.
En el ámbito de la vivienda, la nueva legislación modifica la Ley de Propiedad Horizontal para exigir el voto favorable de tres quintas partes de los propietarios en una comunidad antes de permitir actividades de alquiler turístico en el edificio. Esta regulación otorga a los vecinos mayor capacidad de decisión y busca evitar la proliferación descontrolada de estas viviendas.
Además, se incluyen los delitos de allanamiento de morada y de usurpación en el ámbito de aplicación de los juicios rápidos, con el objetivo de agilizar la resolución de los casos de ocupación, entre otras modificaciones en el ámbito penal.
La reforma también introduce cambios en el ámbito fiscal. A partir del 3 de abril, se amplía la exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para indemnizaciones por responsabilidad civil por daños personales, siempre que sean acordadas mediante mediación u otros MASC. Además, se clarifica la exención de indemnizaciones por despido pactadas antes de la vía judicial y de las anualidades por alimentos fijadas en convenios aprobados judicialmente o ante notario.
En el ámbito laboral, la Ley Orgánica 1/2025 permite a los trabajadores solicitar la extinción del contrato con derecho a indemnización por despido improcedente en casos de impago o retrasos reiterados en el salario. Asimismo, refuerza la protección frente al despido para quienes hayan solicitado adaptaciones de jornada por conciliación familiar o se encuentren en situación de permisos por cuidado de familiares, aspecto que se había eliminado por "error" en una reforma anterior.
Los procedimientos judiciales laborales también se verán afectados por la reforma. Los juzgados sociales se convertirán en tribunales de instancia para agilizar la resolución de conflictos y se fomentará la oralidad en las sentencias para reducir los tiempos de espera. Además, se endurecen los criterios para la admisión de recursos de casación con el objetivo de unificar criterios jurisprudenciales.
Por último, la Inspección de Trabajo adquiere nuevas funciones dentro del sistema de resolución de conflictos. A partir del 3 de abril, los inspectores podrán participar en procedimientos de conciliación, mediación y arbitraje en disputas laborales, siempre que no exista conflicto de intereses con su labor inspectora. Con esta medida se pretende reducir la judicialización de los conflictos entre trabajadores y empleadores.
Con estas reformas, se busca dotar al sistema judicial de mayores herramientas para ofrecer un servicio más eficiente y accesible. No obstante, algunos sectores han expresado preocupaciones sobre la efectividad de estas medidas en la práctica y su impacto en la carga de trabajo de los jueces y demás personal de los tribunales.