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Hacienda retrasa la entrada en vigor del reglamento Verifactu hasta 2026.

Equipo de Redacción, SuperContable.com - 02/04/2025


El Gobierno ha aprobado un nuevo aplazamiento en la entrada en vigor del sistema Verifactu, que obliga a empresarios y profesionales a emplear software de facturación certificado. El retraso se ha oficializado mediante el Real Decreto 254/2025, de 1 de abril, que modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, y establece una nueva planificación para la implementación de este sistema de forma escalonada.

Inicialmente, el reglamento Verifactu estaba previsto para entrar en vigor en julio de 2025, pero tras diversas peticiones de asociaciones empresariales y desarrolladores de software, el Gobierno ha decidido posponer su aplicación. Con esta modificación, las personas jurídicas deberán adoptar el sistema a partir del 1 de enero de 2026, mientras que las personas físicas tendrán hasta el 1 de julio de 2026 para adecuarse a la normativa.

El Ministerio de Hacienda ha justificado este retraso en la necesidad de proporcionar más tiempo a empresas y profesionales para adaptar sus sistemas informáticos a los nuevos requerimientos técnicos. Asimismo, se ha considerado clave garantizar la disponibilidad de software certificado que cumpla con los requisitos exigidos en el reglamento, evitando así problemas operativos en su implementación.

El sistema Verifactu busca reforzar la lucha contra el fraude fiscal mediante la implementación de software de facturación que garantice la autenticidad, integridad y trazabilidad de los registros contables. Con esta medida, la Agencia Tributaria podrá recibir información estructurada con mayor periodicidad, facilitando el control tributario y mejorando la transparencia en la facturación de autónomos y empresas. No obstante, quienes facturen de forma manual podrán continuar igual ya que el reglamento Verifactu sólo afecta a los sistemas informáticos.

Los desarrolladores y comercializadores de software también se beneficiarán de este margen adicional, ya que tendrán hasta el 29 de julio de 2025 para adaptar sus soluciones a las especificaciones técnicas establecidas en la normativa, mientras que los sistemas informáticos incluidos en los contratos de mantenimiento de carácter plurianual contratados antes de esta fecha contarán con los mismos márgenes dados a empresas y autónomos. De este modo, se espera que el mercado pueda disponer de una oferta amplia y variada de herramientas que cumplan con los estándares requeridos.

En esta modificación también se ha tenido en cuenta a los usuarios del Suministro Inmediato de Información (SII), que inicialmente estaban eximidos de aplicar el Reglamento Verifactu pero quedaban sujetos cuando expidiesen facturas como destinatario o como tercero en lugar de proveedores que sí estuvieran sometidos. Ahora se evitan tener que aplicar el nuevo sistema incluso por las facturas emitidas correspondientes a operaciones documentadas mediante facturas expedidas materialmente por el destinatario de la operación.

En definitiva, este nuevo calendario permitirá a los contribuyentes realizar una transición progresiva y planificada hacia Verifactu, minimizando el impacto que pudiera derivarse de su implementación. Desde el sector empresarial han valorado positivamente la decisión del Gobierno, aunque han insistido en la necesidad de acompañar la medida con campañas de formación y apoyo técnico para garantizar su correcta puesta en marcha.