Caso Práctico de Contabilidad. Regularización del IVA de Bienes de Inversión.
Fecha Publicación: 13-06-2017 - Número Boletín: 24 Año: 2017
CASO PRÁCTICO DE CONTABILIDAD. REGULARIZACIÓN DEL IVA EN BIENES DE INVERSIÓN. | |
La sociedad Supercontable.com, SA adquirió en el año 2013 un inmueble valorado en 750.000 euros, por el cual se le repercutió un IVA de 157.500 euros. La prorrata definitiva de ese año 2013 fue del 60%.
Un año mas tarde, año 2014, Supercontable.com, SA adquiere una maquina por valor de 100.000 euros más 21.000 euros de IVA.
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SOLUCIÓN. El concepto de bienes de inversión, recogido en el artículo 108, a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, es el de bienes corporales, muebles, semovientes o inmuebles que, por su naturaleza y función, estén normalmente destinados a ser utilizados por un período de tiempo superior a un año como instrumentos de trabajo o medios de explotación; importante conocer además que no serán considerados bienes de inversión todos aquellos bienes cuyo valor de adquisición sea inferior a 3.005,06 Euros. Concretamente el artículo 107.1 establece:
1. Regularización correspondiente al año 2014. No se debe practicar regularizacion alguna ya que el porcentaje de deducción aplicable el año de la repercusión y el aplicable el año de la regularización difieren en menos de 10 puntos porcentuales.
2. Regularización correspondiente al año 2015. Obedeciendo al articulo 107.1 de la LIVA, regularizaremos la deducción por bienes de inversión ya que existe una diferencia entre porcentajes de deducciones aplicables superior a 10 puntos porcentuales. - Regularización por la adquisición del inmueble.
Deducción que procedería si la inversión se hubiese realizado en el año 2015:
Regularización por la diferencia de deducciones:
Este año, Supercontable.com obtendrá una deducción complementaria de 2.677,50 euros en su liquidación de IVA del año 2015. El asiento contable que deberá realizar será: 2.677,50 HP IVA soportado op. int. bienes de inversión (4723) - Regularización por la adquisición de la máquina.
Deducción que procedería si la inversión se hubiese realizado en el año 2015:
Regularización por la diferencia de deducciones:
Este año, Supercontable.com obtendrá una deducción complementaria de 924 euros en su liquidación de IVA del año 2015. El asiento contable que deberá realizar será: 924 HP IVA soportado op. int. bienes de inversión (4723) Unificación de los asientos de regularización del año 2015 en un solo apunte: 3.601,50 HP IVA soportado op. int. bienes de inversión (4723) 3. Regularización correspondiente al año 2016. Al igual que en el año 2015, la diferencia entre las prorratas en el año de adquisición de los bienes de inversión y el año 2016 es superior a 10 puntos, lo que nos lleva a la obligación de regularizar. - Regularización por la adquisición del inmueble.
Deducción que procedería si la inversión se hubiese realizado en el año 2016:
Regularización por la diferencia de deducciones:
Este año, Supercontable.com deberá realizar una reducción de las deducciones practicadas de 3.150 euros en su liquidacion de IVA del año 2016. Su apunte contable es: 3.150 Ajustes negativos IVA activo inversiones (6342) - Regularización por la adquisición de la máquina.
Deducción que procedería si la inversión se hubiese realizado en el año 2016:
Regularización por la diferencia de deducciones:
Este año, Supercontable.com deberá realizar una reducción de las deducciones practicadas de 630 euros en su liquidacion de IVA del año 2016. Su apunte contable es: 630 Ajustes negativos IVA activo inversiones (6342) Unificación de los asientos de regularización del año 2016 en un solo apunte: 3.780 Ajustes negativos IVA activo inversiones (6342) |
Departamento de Contabilidad de RCR Proyectos de Software.