ASIENTO depreciación existencias
Debe | Haber | |
XXX | Pérdidas por deterioro de existencias (693) | |
Deterioro de valor de existencias (39-) | XXX |
- Al finalizar el ejercicio siguiente si el valor se recupera anotaremos:
XXX | Deterioro del valor de las existencias (39) | |
Reversión del Deterioro de Existencias (793) | XXX |
- Materias primas. En el caso de las materias primas, y otras materias consumibles en el proceso de producción, no se registrará ninguna corrección valorativa en las mismas, siempre que se espere que los productos terminados a los que se incorporen sean vendidos por encima del coste. En el caso de que procediera realizar una corrección valorativa, el precio de reposición de las materias primas y otras materias consumibles puede ser la mejor medida disponible de su valor neto realizable.
- Bienes o servicios que hayan sido objeto de un contrato de venta en firme. No serán objeto de corrección valorativa, siempre que el precio pactado cubra, como mínimo, el precio de adquisición o coste de producción de los bienes o servicios, más todos los costes pendientes de realizar que sean necesarios para la ejecución del contrato.
Ejemplo
- Valor Contable (31.12.XX): 25.000 euros
- Valor Contable (31.12.X1): 27.000 euros
- Valor Neto Realizable (31.12.XX): 22.000 euros
- Valor Neto Realizable (31.12.X1): 20.000 euros
Solución
En este caso sí procede contabilizar la depreciación sufrida por los productos terminados de la empresa, ya que según la Norma de Valoración 12ª, si el valor neto realizable es inferior al precio de adquisición o coste de producción, habrá que hacer la valoración por su valor neto contable, reflejando además la corrección valorativa oportuna.- Año 20XX: Por la depreciación del período: (25.000 - 22.000)
- Año 20X1: Eliminamos la depreciación del año anterior:
- Contabilizamos ahora la nueva depreciación del período: (27.000 - 20.000)
Jurisprudencia y Doctrina
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