Artículo 20. Normas de control de calidad interno de los auditores y sociedades de auditoría.
Las normas de control de calidad interno tendrán por objeto establecer los principios y requisitos a seguir por los auditores de cuentas en la implantación de un sistema de control de calidad interno que les permita asegurar razonablemente que la actividad de auditoría de cuentas se realiza conforme a lo exigido en el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, este Reglamento y las normas de auditoría y de ética.Siguiente: Artículo 21 RD 1517/2011, Reglamento que desarrolla Texto Refundido Ley de Auditoría.
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