Artículo 4. Solicitud y aportación de información necesaria.
Redacción válida hasta 16-06-2016, según Ley 22/2015, de 20 de julio. Las entidades auditadas estarán obligadas a facilitar cuanta información fuera necesaria para realizar los trabajos de auditoría de cuentas; asimismo, quien o quienes realicen dichos trabajos estarán obligados a requerir cuanta información precisen para la emisión del informe de auditoría de cuentas.Equivalencia Normativa
- Equivalencia con artículo 4 Ley 22/2015 de Auditoría de Cuentas.Siguiente: Artículo 5. RDL 1/2011, aprueba Ley Auditoría
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