Asiento de ajustes por periodificación de intereses de deudas

Asiento de ajustes por periodificación de intereses de deudas

DebeHaber
XXXIntereses pagados por anticipado (567)
Intereses de deudas (662)XXX


Notas sobre Periodificación de Gastos Financieros


    El asiento anterior se realizará si durante el ejercicio se han pagado intereses que correspondiendo al ejercicio siguiente o siguientes, se han satisfecho en el actual. Al inicio del ejercicio siguiente, y sin esperar a que corran los intereses, se contabilizan como gasto del nuevo ejercicio. Para ello se efectúa, por el mismo importe, el asiento contrario al anteriormente señalado:
XXXGastos del subgrupo (66)
Intereses pagados por anticipado (567) XXX


Los ajustes por periodificación son consecuencia de la aplicación del Principio de Devengo que establece que la asignación de gastos al ejercicio se realizará cuando surja la obligación de satisfacerlos, con independencia de la fecha en que hubiese de tener lugar el pago material.



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