Asiento de beneficios: Distribución a reserva legal y compensar pérdidas de ejercicios anteriores

Asiento de beneficios: Distribución a reserva legal y compensar pérdidas de ejercicios anteriores

DebeHaber
XXXResultados del Ejercicio (129)
Resultados negativos de ejercicios anteriores (121)XXX
Reserva Legal (112)XXX

    Si existen pérdidas de ejercicios anteriores que hicieran que ese valor del patrimonio neto de la Sociedad fuera inferior a la cifra del Capital Social el beneficio se destinará a la compensación de esas pérdidas.

Notas sobre la Reserva Legal.


    Se destinará a Reserva Legal un 10 % del beneficio del ejercicio hasta que ésta alcance, al menos, un 20 % del Capital Social, de acuerdo con el artículo 274 de la Ley de Sociedades del Capital

    La reserva legal, mientras no supere el límite indicado sólo podrá destinarse a la compensación de pérdidas en el caso de que no existan otras reservas disponibles suficientes para este fin.

Legislación



- Art.274 RDL 1/2010. Reserva Legal.


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