Asiento de compras de mercaderías incluido en factura envases y embalajes retornables
Nota sobre la valoración de las mercaderías
Las Mercaderías son los productos adquiridos por la empresa y destinados a la venta sin transformación. Se valoran por su precio de adquisición o coste de producción (caso existencias sometidas a transformación y servicios) y éste, según la Norma de Valoración 12ª del Plan General Contable Pyme, incluye:+ | Importe facturado por nuestro proveedor |
- | Cualquier descuento, rebaja en el precio u otras partidas similares |
- | Intereses incorporados al nominal de los débitos sólo cuando la deuda tenga un vencimiento no superior a un año. |
+ | Impuestos indirectos no recuperables de la Hacienda Pública. |
+ | Gastos adicionales hasta que se hallen ubicados para su venta transportes, seguros, aranceles aduaneros y otros directamente relacionados con la compra. |
= | PRECIO DE ADQUISICIÓN |
- Gastos de administración.
- Gastos de venta.
- Importe de roturas y deterioros.
- Gastos por estudios de mercado, elaboración de presupuestos, etc.
- Otros gastos innecesarios para la adquisición.
- La deuda no tenga un tipo de interés contractual.
- El efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo.
- Aquellas con vencimiento superior a un año = inicialmente por su valor razonable, posteriormente por su coste amortizado.
- Aquellas con vencimiento no superior a un año = podrán valorarse, tanto inicial como posteriormente, por su valor nominal, siempre que se cumplan los dos requisitos establecidos en el párrafos anteriores.
Ejemplo
Solución
. Precio de adquisición: + importe facturado por el proveedor 40.000 (5000 x 8) - descuentos (3.000) (5% de 40.000) + 1.000 + gastos de transporte 800 + seguro 200 ------------ . Precio de adquisición total 38.000 Euros . Precio de adquisición por unidad 7,60 Euros Luego el asiento vendría dado por:Notas sobre los envases y embalajes.
La cuenta envases y embalajes a devolver a proveedores (406) recogerá el importe pagado por los envases o embalajes cuando éstos sean retornables, es decir, cuando se puedan devolver a los proveedores y que éstos nos den el dinero pagado por ellos. Si estos envases no son retornables entonces en el asiento anterior debemos sustituir la cuenta (406) por esta otra cuenta: Compras de otros aprovisionamientos (602). - Cuando devolvamos los envases o embalajes anotaremos:Notas sobre la cuenta de proveedores.
Podemos ver reflejado que la deuda ha quedado pendiente de pago, esto se refleja en la cuenta (400) "Proveedores" que por definición recoge "las deudas con suministradores de mercancías y de los demás bienes definidos en el grupo 3. Existencias." Además se incluyen las deudas con suministradores de servicios utilizados en el proceso productivo. Caso de que la deuda se encuentre formalizada en una moneda distinta de la nacional, utilizaremos la subcuenta (4004) "Proveedores, moneda extranjera". En el momento de efectuar el pago habremos de realizar: NOTA: De acuerdo con la consulta nº 9 de BOICAC nº 75 de Septiembre de 2008 el régimen transitorio previsto en el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad -disposición transitoria segunda, apartado 1 e)- permite la no aplicación retroactiva del criterio de capitalización de gastos financieros incluido en las normas de registro y valoración 2ª y 10ª, relativas al inmovilizado y existencias, respectivamente. Así:Norma de registro y valoración 10ª.1:- No se corregirán los valores en el balance de apertura en relación con los gastos financieros devengados con anterioridad a la fecha de transición a los nuevos criterios.
- Se deberán capitalizar los gastos financieros devengados a partir de la fecha de transición cuando el inmovilizado o la existencia necesiten un periodo de tiempo superior a un año, contado desde la fecha de transición, para estar en condiciones de uso o de ser vendida, respectivamente.
- No se podrán capitalizar gastos financieros en inmovilizados o existencias que, desde la fecha de transición, necesiten un periodo de tiempo inferior a un año para estar en condiciones de uso o de ser vendidas, respectivamente (salvo que la empresa viniese capitalizando los gastos financieros en el marco del Plan General de Contabilidad de 1990 y el periodo de producción de los inmovilizados o las existencias supere el año desde su origen).
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