Asiento de ingresos por anticipos recibidos, con derecho a devolución de parte del anticipo
- En Anticipos de clientes (438) recogemos la totalidad del saldo de la cuenta de anticipo, es decir, todo lo que nos entregaron los clientes como anticipo a cuenta de la operación.
- En Hacienda Pública IVA repercutido (477) sólo recogemos el importe del IVA correspondiente a la parte de anticipo que devolvemos a los clientes.
- La parte que no devolvemos a los clientes es para nosotros un ingreso que recogemos en la cuenta Ingresos extraordinarios (778).
Ejemplo
- Supercontable.com incumple el acuerdo, y por lo tanto el cliente tiene derecho a la devolución del total del anticipo.
- El cliente incumple el acuerdo, por lo que pierde el derecho de devolución del anticipo.
- Empresa y cliente deciden por consenso no realizar la operación y que al cliente se le devuelva el 40% del anticipo.
Solución
- Por la entrega del anticipo:
Hipótesis 1ª.
- En este caso devolvemos también el IVA íntegro al cliente:
Hipótesis 2ª.
- Consideramos el anticipo del cliente como ingresos extraordinarios:
Hipótesis 3ª.
- Ahora devolveremos la parte del anticipo correspondiente y la proporcional de IVA, y el resto lo contabilizaremos como ingresos extraordinarios:
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