Asiento de leasing con opción de compra (arrendamiento financiero). Registro contable del arrendador que no es fabricante
Notas sobre Leasing de Inmovilizado en favor del Cliente sin ser Fabricantes del Producto.
De acuerdo con la Norma de Valoración 7ª del Plan General Contable Pyme, el arrendador reconocerá el resultado derivado de la operación de arrendamiento según lo dispuesto en la Norma de Valoración 2ª, según la cual los inmovilizados se darán de baja en el momento de su enajenación o disposición por otra vía o cuando no se espere obtener beneficios o rendimientos económicos futuros de los mismos. La diferencia entre el importe que, en su caso, se obtenga de un elemento del inmovilizado material, neto de los costes de venta, y su valor contable, determinará el beneficio o la pérdida surgida al dar de baja dicho elemento, que se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que ésta se produce.- Los intereses cobrados del arrendatario habrán de ir imputándose a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se devenguen, de acuerdo con el método del tipo de interés efectivo. Así en el cobro periódico de la cuota tendremos:
- El asiento de reclasificación de los créditos, por la parte que vaya a cobrarse en el ejercicio siguiente vendría dado por:
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