Caso práctico de regularización contable de diferencias temporarias cuando cambia el tipo impositivo en un ejercicio.

Casos prácticos de contabilidad

REGULARIZACIÓN CONTABLE DE DIFERENCIAS TEMPORARIAS POR CAMBIO TIPO IMPOSITIVO.



    La entidad RCRCR, S.A. tiene registrado en su contabilidad las siguientes partidas generadas en ejercicios anteriores:
ConceptoPartidaImporte baseTipo aplicadoImporte ContableCuenta
Amortización acelerada de maquinariaPasivos por dif. temp. imponibles4.800,0025% 1.200,00479
Provisión fiscalmente no deducibleActivos por dif. temp. deducibles16.400,0025% 4.100,004740
Bases imponibles negativas anterioresCrédito por perdidas a compensar34.500,0025% 8.500,004745

    En los ejercicios anteriores, la empresa ha tributado al tipo general del 25%. En el presente ejercicio, y dado que RCR ha tenido en el ejercicio anterior un importe neto de cifra de negocios de 950.000 euros, pasará a tributar al 23%, en consonancia con el articulo 29.1 de la LIS.
    
    Realizar los asientos contables correspondientes para actualizar los importes contabilizados en las partidas anteriores.

Solución:


    En base al punto 3 de la Norma de Valoración 15ª del PGC Pyme
"(...)

    Los activos y pasivos por impuesto diferido se valorarán según los tipos de gravamen esperados en el momento de su reversión, según la normativa que esté vigente o aprobada y pendiente de publicación en la fecha de cierre del ejercicio, y de acuerdo con la forma en que racionalmente se prevea recuperar o pagar el activo o el pasivo.

    En su caso, la modificación de la legislación tributaria -en especial la modificación de los tipos de gravamen- y la evolución de la situación económica de la empresa dará lugar a la correspondiente variación en el importe de los pasivos y activos por impuesto diferido."
, deberemos actualizar, en este caso reducir, los importes contabilizados en estas partidas; así, tendremos:
  1. Pasivos por diferencias temporarias imponibles:

        Deberemos disminuir en un 2% (25 - 23) el importe base sobre el que se aplicó el tipo anterior para calcular el saldo contable, debido al menor tipo aplicable.

    96,00Pasivos por dif. temp. imponibles (4.800 x 2%) (479)
    Ajustes positivos en la imposición sobre beneficios (638)96,00

  2. Activos por diferencias temporarias deducibles:

        Disminución de un 2% del importe base.

    328,00Ajustes negativos en la imposición sobre beneficios (633)
    Activos por dif. temp. deducibles (16.400 x 2%) (4740)   328,00

  3. Crédito por perdidas a compensar:

        En este caso, también deberemos disminuir un 2% el importe base.

    690,00Ajustes negativos en la imposición sobre beneficios (633)
    Crédito por pérdidas a compensar del ejercicio (34.500 x 2%) (4745)   690,00








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