Consulta 4 BOICAC 50. Ventas Empresas de la Construcción

BOICAC Nº 50/2002 - Consulta 4

CONSULTA:

     Consulta sobre el registro contable de las ventas o ingresos por obra ejecutada para el supuesto de obras realizadas por encargo y con contrato.



RESPUESTA:

    Las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas constructoras, aprobadas por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 27 de enero 1993, establecen que el método de porcentaje de realización deberá aplicarse salvo que no se cumpliesen las condiciones establecidas en el apartado a) de la norma de valoración 18ª. "Ventas, ingresos por obra ejecutada y otros ingresos", incluida en la quinta parte de las normas.

    Por tanto, las empresas constructoras aplicarán el método del porcentaje de realización siempre que cuenten con los medios y el control necesarios que les permitan de forma objetiva hacer estimaciones razonables y fiables.

    Si una empresa constructora utilizase el método del porcentaje de realización para contabilizar los ingresos, sin reunir los citados requisitos, estaría incumpliendo la norma 18ª de la adaptación. Asimismo, para las obras realizadas por encargo y con contrato, se utilizará el método del contrato cumplido cuando no se den las condiciones establecidas en la letra a), de la mencionada norma, que textualmente dispone:

    "De no cumplirse las condiciones anteriores, no se podrá aplicar el método del porcentaje de realización y, exclusivamente para las obras en las que se de esa circunstancia, en base al principio de prudencia, se utilizará el método del contrato cumplido".

    En definitiva, no existe una opción en los criterios indicados, sino que cada uno de ellos resulta aplicable de acuerdo con las circunstancias establecidas en la norma indicada.

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