206APLICACIONES INFORMATICAS
Su movimiento es el siguiente:
a) Se cargará:
a1) Por la adquisición a otras empresas, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
a2) Por la elaboración propia, con abono a la cuenta 730 y, en su caso, a la cuenta 201.
b) Se abonará por las enajenaciones y en general por su baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y en caso de pérdidas a la cuenta 670.
Glosario de términos contables
Definición de aplicaciones informáticas
Asientos Contables
Asiento de titular de la explotación realiza aportación a la empresa de aplicaciones informáticas
Asiento de compra de aplicaciones informáticas
Asiento de adquisición de una página web
Asiento de venta de aplicaciones informáticas por importe mayor al de su valor
Asiento de venta de aplicaciones informáticas por importe menor al de su valor
Asiento de venta de aplicaciones informáticas por importe igual al de su valor
Asiento de desarrollo de aplicaciones informáticas por la propia empresa
Legislación
- NRV 5.ª Inmovilizado Intangible
- NRV 6.ª Normas particulares sobre el inmovilizado intangible
- Resolución de 28 de mayo de 2013 del ICAC normas de registro, valoración e información a incluir en la memoria del inmovilizado intangible
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