Cuenta 412. Beneficiarios, acreedores. Adaptación del PGC a las entidades sin fines lucrativos.

Adaptación del Plan General de Contabilidad a las Entidades sin Fines Lucrativos.

412Beneficiarios, acreedores.

Pyme y Normal    En general el Grupo 4 - Acreedores y Deudores por Operaciones de la Actividad, comprende instrumentos financieros y cuentas que tengan su origen en las actividades de la entidad, tanto la actividad propia como la actividad mercantil, así como las cuentas con las Administraciones Públicas, incluso las que correspondan a saldos con vencimiento superior a un año. Para estas últimas y a efectos de su clasificación, se podrán utilizar los subgrupos 42 y 45 o proceder a dicha reclasificación en las propias cuentas.

    Se aplicarán las reglas recogidas en el Plan General de Contabilidad, o, en su caso, en el Plan General de Contabilidad para Pequeñas y Medianas Empresas.

    Las cuentas diferenciadores de esta Adaptación Sectorial al PGC, respecto del propio PGC son, para el Subgrupo 41 - Beneficiarios y Acreedores Varios:

    412. Beneficiarios, acreedores.
    En concreto, esta Cuenta 412 - Beneficiarios, acreedores, recoge deudas contraídas por la entidad como consecuencia de las ayudas y asignaciones concedidas en el cumplimiento de los fines propios de la entidad.
    Cuando los acreedores sean entidades del grupo, multigrupo o asociadas, u otras partes vinculadas se abrirán cuentas de cuatro cifras que específicamente recojan los débitos con las mismas, incluidos los formalizados en efectos de giro

    Figurará en el pasivo del balance.

    Su movimiento es el siguiente:

    a) Se abonará cuando la entidad acuerde la concesión de las ayudas y asignaciones, con cargo, generalmente, a las cuentas 650 ó 651:

    b) Se cargará:
       b1) Por la cancelación total o parcial de la deuda con abono, generalmente, a las cuentas del subgrupo 57.
       b2) Por los importes a reintegrar por los beneficiarios por incumplimiento de las condiciones exigidas al otorgar las ayudas y asignaciones o por cualquier otras causa que motive su devolución con abono a la cuenta 728.

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