Cuenta 4757. HP., acreedora por subvenciones recibidas en concepto de entidad colaboradora. Adaptación del PGC a las entidades sin fines lucrativo

Adaptación del Plan General de Contabilidad a las Entidades sin Fines Lucrativos.

4757Hacienda Pública acreedora por subvenciones recibidas en concepto de entidad colaboradora.

Pyme y Normal    En general el Grupo 4 - Acreedores y Deudores por Operaciones de la Actividad, comprende instrumentos financieros y cuentas que tengan su origen en las actividades de la entidad, tanto la actividad propia como la actividad mercantil, así como las cuentas con las Administraciones Públicas, incluso las que correspondan a saldos con vencimiento superior a un año. Para estas últimas y a efectos de su clasificación, se podrán utilizar los subgrupos 42 y 45 o proceder a dicha reclasificación en las propias cuentas.

    Se aplicarán las reglas recogidas en el Plan General de Contabilidad, o, en su caso, en el Plan General de Contabilidad para Pequeñas y Medianas Empresas.

    Las cuentas diferenciadores de esta Adaptación Sectorial al PGC, respecto del propio PGC son, para el Subgrupo 47 - Administraciones Públicas:

    470. Hacienda Pública, deudora por diversos conceptos
         4707. Hacienda Pública, deudora por colaboración en la entrega y distribución de subvenciones (art. 12 Ley de Subvenciones)
    475. Hacienda Pública, acreedora por conceptos fiscales
         4757. Hacienda Pública acreedora por subvenciones recibidas en concepto de entidad colaboradora (art.12 Ley de Subvenciones)
    En concreto, esta Subcuenta 4757 - Hacienda Pública acreedora por subvenciones recibidas en concepto de entidad colaboradora, recoge las deudas con la Hacienda Pública por razón de subvenciones recibidas para la entrega y distribución de los fondos públicos a los beneficiarios.

    Su movimiento es el siguiente:

    a) Se abonará a la recepción de la subvención concedida con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
    b) Se cargará:
       b1) Por la liquidación que se efectúe de la subvención recibida y justificada, con abono a la cuenta 4707.
       b2) Por el reintegro, en su caso, a la Hacienda Pública, con abono a cuentas del subgrupo 57.

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