ACCIONES O PARTICIPACIONES CON PRIVILEGIO
Son instrumentos de patrimonio, creadas y emitidas por la propia empresa, que confieren un privilegio a los socios que lo poseen por encima de las acciones ordinarias que puede ser cualquiera de las siguientes circunstancias:- El derecho a obtener el reembolso de su valor, en caso de liquidación, antes de que se distribuya cantidad alguna a los restantes accionistas o partícipes.
- No quedar afectadas por la reducción del capital social por pérdidas, independientemente de la forma en que se realice, sino cuando la reducción supere el valor nominal de las restantes acciones o participaciones sociales contabilizadas como instrumentos de patrimonio.
- Acciones preferentes acumulativas: Son acciones preferentes cuyos dividendos no pagados pueden ser acumulados para un pago futuro manteniendo además su prioridad para el cobro de dividendos sobre las acciones comunes y el pago de sus dividendos del periodo en turno.
- Acciones preferentes no acumulativas: Estas acciones son aquellas cuyos dividendos no pagados en el periodo determinado no se acumulan para pagos posteriores. Un ejemplo típico de estas acciones son las preferenciales no acumulativas emitidas por instituciones bancarias, actualmente en desuso.
- Acciones preferentes convertibles: Este es un tipo de acciones que pueden, a opción del tenedor, ser convertidas posteriormente en acciones ordinarias (usualmente por un número predeterminado).
- Acciones preferentes intercambiables: Estas son acciones preferentes convertibles que permiten a la compañía emisora intercambiarlas por deuda convertible.
- Acciones preferentes de renta mensual: Son acciones híbridas entre la acción preferencial y una deuda subordinada.
- Acciones preferentes participantes: Bajo ciertas condiciones, este tipo de acciones otorga al titular derechos sobre ganancias adicionales de la empresa además de los dividendos habituales.
- Acciones preferentes perpetuas: Son acciones preferentes a perpetuidad no liquidables por el emisor.
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