APLICACIONES INFORMÁTICAS
El PGC las incluye entre los bienes inmateriales, debiendo ser valoradas por el importe satisfecho por la propiedad o por el derecho al uso de programas informáticos, pudiéndose incluir los elaborados por la propia empresa utilizando los medios de que disponga y únicamente en los casos en que esté prevista su utilización en varios ejecicios. Se contabiliza en la Cuenta 206 Aplicaciones informáticas En ningún caso se incluirán entre las aplicaciones informáticas:- Los costes de modificación de aplicaciones ya existentes dentro de la estructura de la empresa.
- Los costes derivados de la formación del personal para la aplicación del sistema informático.
- Los costes de consultas y revisiones globales de control de aplicaciones informáticas.
- Los costes de mantenimiento de la aplicación informática.
Asientos Contables
Asiento de venta de aplicaciones informáticas por importe menor a su valor contableAsiento venta de aplicaciones informáticas por importe mayor a su valor contableSiguiente: Definición de aprovisionamientos
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