ENTIDAD EXTRANJERA
Entidad extranjera a los efectos del IS es aquella que no cumple ninguno de los sigientes requisitos:- Que se haya constituido conforme a las leyes españolas.
- Que tenga su domicilio fiscal en España.
- Que tenga la sede de dirección efectiva en territorio español.
- Los activos principales consistan en bienes o derechos que se cumplan o ejerciten en territorio español.
- Cuando su actividad principal se desarrolle fuera del teritorio español.
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