GANANCIA (PÉRDIDA) FISCAL
Es la ganancia (pérdida) de un periodo, calculada de acuerdo con las reglas establecidas por la autoridad fiscal, sobre la que se giran las cuotas a pagar (recuperar) por el Impuesto sobre Beneficios. Debido a la diferencia de criterios en cuanto a ingresos y gastos computables entre la legislación fiscal y contable, se podría dar el caso de que una empresa con pérdidas contables diera beneficios fiscales y viceversa. Esta diferencia de criterio entre ambas legislaciones se plasma en la autoliquidación del impuesto mediante los ajustes extracontables y las bonificaciones y deducciones al efecto.Siguiente: Definición de garantías financieras
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