PLAZO DEL ARRENDAMIENTO
Plazo del arrendamiento es el periodo no cancelable, por el cual el arrendatario ha contratado el alquiler del activo, junto con cualquier ampliación del mismo durante la cual tenga derecho a continuar con el arrendamiento, con o sin pago adicional, siempre que al inicio del arrendamiento se tenga certeza de que el arrendatario ejercitará esta opción.Legislación
Norma Valoración 8ª PGC. Arrendamientos y otros.Norma 7ª Valoración PGC PYME. Arrendamientos y otras operaciones.Siguiente: Definición de políticas contables
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