Disposición final quinta. Habilitación normativa.
Redacción válida hasta 16-06-2016, según Ley 22/2015, de 20 de julio. 1. Se autoriza al Gobierno para que, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda, dicte las normas necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en esta ley. 2. Se autoriza al Ministro de Economía y Hacienda para que, a propuesta del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, y mediante Orden ministerial modifique las materias a las que se refiere el artículo 8.2, al objeto de adaptarse al Derecho de la Unión Europea.Equivalencia Normativa
- Equivalencia Ley Auditoría de Cuentas DF.8ª Ley 22/2015.Siguiente: Disposición final sexta RDL 1/2011, aprueba Ley Auditoría
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