Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Redacción válida hasta 16-06-2016, según Ley 22/2015, de 20 de julio. El presente real decreto legislativo y el texto refundido que aprueba entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".Siguiente: Artículo 1. RDL 1/2011, aprueba Ley Auditoría
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