PERMUTAS NO COMERCIALES
- El valor de mercado de la nueva es de 10.000 euros.
- El precio de adquisición de la antigua entregada es de 9.000 euros y su amortización acumulada de 3.000 euros.
- Efectivo entregado de 3.500 euros.
Solución:
De acuerdo con la NRV 2.ª del Plan General de Contabilidad, en el caso de las permutas hemos de distinguir aquellas que tengan carácter comercial de aquellas otras que no lo tengan. En el caso presentado nos encontramos ante una permuta de carácter no comercial cuando los flujos de caja originados por el nuevo bien (recibido) son básicamente iguales que los originados por el antiguo (entregado). Inicialmente, (aunque el Plan ya no contempla esta mención) se establecía que eran aquellas que tienen por objeto activos de la misma naturaleza y uso para la empresa. El tratamiento de este tipo de permutas, son básicamente igual que ocurría en el Plan General Contable del año 1990, es decir, el registro contable del nuevo activo recibido se recoge por el valor contable del bien entregado más, en su caso, las contrapartidas monetarias que se hubieran entregado a cambio, con el límite, cuando esté disponible, del valor razonable del inmovilizado recibido si éste fuera menor, recogiendo pérdidas, pero en ningún caso beneficios. Los flujos de efectivo del nuevo bien serán similares a los del bien entregado. Así una vez clasificada la permuta como no comercial, porque no cambian sustancialmente los flujos de efectivo, el registro contable vendrá dado por:Jurisprudencia y Doctrina
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