SUBVENCIONES PARA FINANCIAR GASTOS DE VARIOS EJERCICIOS (PGC NORMAL)
- Año 20X0: 60.000 euros.
- Año 20X1: 100.000 euros.
- Año 20X2: 140.000 euros.
Solución:
De acuerdo con la NRV 18.ª del Plan General Contable las subvenciones, donaciones y legados no reintegrables se contabilizarán inicialmente, con carácter general, como ingresos directamente imputados al patrimonio neto y se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias como ingresos sobre una base sistemática y racional de forma correlacionada con los gastos derivados de la subvención, donación o legado. Las subvenciones, donaciones y legados de carácter monetario se valorarán por el valor razonable del importe concedido, y las de carácter no monetario o en especie se valorarán por el valor razonable del bien recibido, referenciados ambos valores al momento de su reconocimiento. Así, según la propia NRV 18ª del Plan General Contable la imputación a resultados de las subvenciones, donaciones y legados que tengan el carácter de no reintegrables se efectuará atendiendo a su finalidad. En este caso se concede para financiar gastos específicos por lo que se imputará como ingresos en el mismo ejercicio en el que se devenguen los gastos que está financiando.- 01.01.20X0, Registro de concesión de la subvención:
- En el momento en que se produzca el cobro:
- Efecto impositivo de la subvención (300.000 x 25%):
- 31.12.20X0, Regularización de las cuentas de los subgrupos 8 y 9:
- Registro de la transferencia al resultado del ejercicio e imputación de la parte de impuestos correspondiente:
- Regularización de las cuentas de los grupos 8 y 9:
- 31.12.20X1, Registro de la transferencia al resultado del ejercicio e imputación de la parte de impuestos correspondiente:
- Regularización de las cuentas de los grupos 8 y 9:
- 31.12.20X2, Registro de la transferencia al resultado del ejercicio e imputación de la parte de impuestos correspondiente:
- Regularización de las cuentas de los grupos 8 y 9:
Asientos Contables
- Asiento subvención por creación de empleoJurisprudencia y Doctrina
- Consulta 2 BOICAC nº 117/2019- Consulta 3 BOICAC nº 113/2018 Aportación recibida de una fundación para financiar becas.- Consulta 2 BOICAC nº 82/2010 Subvención por creación de empleo- Consulta 8 BOICAC nº 91/2012 Subvención para costes de reparaciones tras movimiento sísmico de Lorca- Consulta 6 BOICAC nº 100/2014 Legado no reintegrable.- Consulta 7 BOICAC nº 113/2018 Subvención para financiar el suelo y criterio de amortización de inmovilizadoEn Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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