Confección Estado de Cambios en el Patrimonio Neto
El Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (ECPN) (formato Pyme) nace como tal a partir de la publicación del "Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas", es decir, a partir de la Reforma Contable de 2007 aplicable a partir del año 2008. Esta herramienta le permitirá comprender que importes tendrá que introducir en las distintas casillas con explicaciones claras y sencillas.
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La importancia que al ECPN se le ha dado hasta la fecha ha sido nula, es más solo se le ha prestado atención, cuando hemos tenido que (obligatoriamente) presentar alguna de las obligaciones formales a las que están obligadas las sociedades: Cuentas Anuales o Impuesto sobre Sociedades. El ECPN nos muestra la evolución detallada y exclusiva del Patrimonio Neto de la empresa a lo largo de 3 ejercicios económicos. Así, será la herramienta más útil para aquéllos que presten gran atención a esta masa patrimonial y gusten del análisis contable como medio de interpretación de la contabilidad. Su cumplimentación no es más que el resultado de la suma de una serie de filas y columnas que mostrarán finalmente el Patrimonio Neto de la empresa en el ejercicio para el cual se presentan las cuentas, habiendo de cuadrar perfectamente con esta partida en el Balance de Situación y que obligatoriamente debe ser consecuencia de las variaciones sufridas por esta masa a lo largo de los ejercicios; variaciones que han de quedar detalladas en el propio ECPN (aumentos de capital, reparto de dividendos, compensación de bases imponibles negativas, etc.) Errores habituales en el Registro Mercantil y liquidación del modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades, vienen dados por cumplimentar de forma incorrecta este Estado, ya que en la práctica los usuarios de la contabilidad suelen olvidar que además de coincidir la fila 525 del ECPN con el Patrimonio Neto del Balance de Situación, la referida fila 525 habrá de ser consecuencia de las sumas individuales que conforman cada una de las columnas del ECPN.
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