Normativa adaptaciones sectoriales del plan general contable

ADAPTACIONES SECTORIALES


    Por resumirlo de una forma rápida y directa:

    El apartado 1, de la Disposición Transitoria 5º del Plan General de Contabilidad (RD 1514/2007, de 16 de noviembre) consecuencia de la modificación sufrida por el Real Decreto 2003/2009, de 23 de diciembre, establece:

    "1. Con carácter general, las adaptaciones sectoriales y otras disposiciones de desarrollo en materia contable en vigor a la fecha de publicación de este real decreto seguirán aplicándose en todo aquello que no se oponga a lo dispuesto en el Código de Comercio, el TRLSA aprobado por RDL 1564/1989, Ley 2/1995 de Sociedades de Responsabilidad Limitada y disposiciones específicas y el presente Plan General de Contabilidad."

    Es decir, la aplicación práctica de esta directiva implica aplicar las normas de registro y valoración impuestas por el plan contable en vigor, y para todo lo demás seguiremos aplicando la normativa anterior.

    A fecha de revisión de la presente versión de Asesor Contable, las Adaptaciones Sectoriales publicadas y otras normas relevantes son:
  1. ORDEN EHA/3362/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas concesionarias de infraestructuras públicas.


  2. ORDEN EHA/3360/2010, de 21 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas.


  3. REAL DECRETO 1317/2008, de 24 de julio, por el que se aprueba el Plan de contabilidad de las
    entidades aseguradoras.


  4. Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública.


  5. Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre, por el que se aprueban las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre.
    Por otro lado, existen ya algunas consultas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas que se expresan sobre el tema de fondo, resolviendo cuestiones puntuales de determinados tipos de sociedades, a las que resulta aplicable alguna adaptación sectorial de las publicadas previamente al PGC 2007. A modo de ejemplo:
  1. Consulta número 1 del BOICAC número 73 de Marzo de 2008.- Versa sobre la aplicación del Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por parte de una entidad no lucrativa, sujeta hasta el momento a las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad para entidades sin fines lucrativos.


  2. Consulta número 7 del BOICAC número 74 de Junio de 2008.- Se expresa en relación al tratamiento contable que han de dar las Federaciones Deportivas a los gastos necesarios para la celebración de futuros acontecimientos deportivos singulares en el marco del Plan General de Contabilidad 2007.


  3. Consulta número 9 del BOICAC número 77 de Marzo de 2009.- Habla sobre los modelos de balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio y estado de flujos de efectivo de una sociedad cooperativa tras la entrada en vigor del Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre.


  4. Consulta número 2 del BOICAC número 78 de Junio de 2009. Normas de adaptación del PGC a las empresas constructoras. Vigencia del método del "contrato cumplido". Contabilización de los denominados contratos "llave en mano".


  5. Consulta número 6 del BOICAC número 78 de Junio de 2009.- Responde en relación a Promotoras inmobiliarias. Disposición transitoria primera 1.d) del RD 1514/2007. Contabilización de los denominados contratos "fallidos".

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