S.A.D. NV. 18ª. Ventas e Ingresos

Normas de Registro y Valoración
Adaptación del Plan General de Contabilidad a las Sociedades Anónimas Deportivas.

18.ª Ventas e Ingresos.


    En la contabilización de los ingresos se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
  1. Los ingresos se contabilizarán sin incluir los impuestos que gravan estas operaciones. En su caso, los gastos inherentes a los mismos, incluidos los transportes a cargo de la entidad, se contabilizarán en las cuentas del grupo 6 sin perjuicio de lo establecido en las letras siguientes.

  2. Los descuentos y similares incluidos en factura que no obedezcan a pronto pago se considerarán como menor ingreso.

  3. Los descuentos y similares que sean concedidos por la entidad por pronto pago, estén o no incluidos en la factura, se considerarán gastos financieros.

  4. Los descuentos y similares que se basen en haber alcanzado un determinado volumen de pedidos y aquellos otros que se concedan posteriormente a la emisión de la factura originados por defectos de calidad, incumplimiento de los plazos de entrega u otras causas análogas, se contabilizarán en cuentas aparte que se crearán al efecto.
    En particular, la contabilización de los demás ingresos por servicios se realizarán teniendo en cuenta las siguientes reglas:
  1. En general, los ingresos procedentes de actos deportivos deben reconocerse cuando dichos actos se produzcan.

  2. Los ingresos por abonos y carnets se reconocerán como ingresos en el período al que correspondan. A estos efectos, deberán realizarse las periodificaciones correspondientes.
    En la contabilización de los beneficios por enajenación del inmovilizado o de inversiones financieras temporales, se incluirán como menor importe de los mismos los gastos inherentes a la operación.

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