Artículo 100. Principios generales.
1. Las cooperativas, sus uniones y federaciones y la Confederación de Cooperativas de la Comunitat Valenciana integran el cooperativismo valenciano. 2. El cooperativismo valenciano se ordenará de acuerdo con el principio de libertad de asociación. 3. La Generalitat adoptará medidas para fomentar la unión de las entidades que asocien cooperativas, así como las relaciones de intercooperación.Equivalencia Normativa
-Art. 117 Ley 27/1999 LGC. Principio general. - Equivalencia Ley anterior Art.100 Ley 8/2003, 3 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad ValencianaQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.