Artículo 7. Decreto Legislativo 2/2015, aprueba el texto refundido de Ley de Cooperativas Comunitat Valenciana

Normativa
Decreto Legislativo 2/2015, de 15 de mayo, del Consell por el que aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas del Comunitat Valenciana

Artículo 7. Constancia de datos identificativos y registrales.




    Las cooperativas valencianas harán constar su denominación, domicilio y los datos de su inscripción registral en toda su documentación, correspondencia, notas de pedido y facturas. También deberán hacer constar, en su caso, que se encuentran en liquidación.

Equivalencia Normativa



- Equivalencia Ley anterior Art.7 Ley 8/2003, 3 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad Valenciana

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