Artículo 9. Ley 4/2019 de Microcooperativas de las Illes Balears

Normativa
Ley 4/2019, de 31 de enero, de Microcooperativas de las Islas Baleares

Artículo 9. Régimen social.




    1. Los órganos sociales con los que deberá contar necesariamente cada microcooperativa son la asamblea general, donde se integrará la totalidad de las personas socias, y el consejo rector, que es el órgano de gobierno, gestión y representación.

    2. A las microcooperativas de trabajo asociado y a las de explotación comunitaria de la tierra que únicamente cuenten con dos personas socias trabajadoras o dos personas socias cedentes, les serán de especial aplicación, mientras permanezcan en esta situación, las siguientes disposiciones:

    a) Todos los acuerdos sociales que requieran mayoría de personas socias o de votos deberán adoptarse con el voto favorable de las dos únicas personas socias.

    b) Podrán constituir el consejo rector con solo dos miembros que, necesariamente, se distribuirán los cargos de presidente o presidenta y secretario o secretaria.

    c) El plazo de duración de los cargos será de cuatro años y, transcurrido dicho período, deberá procederse a su reelección o a un nuevo nombramiento.

    d) No precisarán constituir la comisión de recursos.

    e) Cuando todas las personas socias de la microcooperativa formen parte del órgano de gobierno, gestión y representación, no se precisará el nombramiento del interventor o interventora.

    f) Podrá encomendarse la liquidación de estas cooperativas a una o a las dos personas socias liquidadoras.

    3. Se fomentará una presencia equilibrada de hombres y mujeres en la composición de los órganos colegiados, siempre que sea posible, tal como establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.


Siguiente: Artículo 10. Ley 4/2019 de Microcooperativas de las Illes Balears

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos