Artículo 96. Ejercicio económico.
El ejercicio económico tendrá una duración de doce meses, salvo en los casos de constitución, extinción o fusión de la cooperativa, y coincidirá con el año natural si los estatutos no disponen lo contrario.Equivalencia Normativa
Art. 57 Ley 27/1999 Ley General de CooperativasSiguiente: Artículo 97. Ley 4/2010, de 29 de junio, de Cooperativas de Asturias
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