Artículo 1. Ámbito de aplicación.
1. El régimen tributario regulado en esta Ley Foral será aplicable a las Cooperativas que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Convenio Económico, se rijan por la normativa foral navarra. 2. Las disposiciones especificas referentes a las Cooperativas fiscalmente protegidas serán aplicables a las que reúnan las condiciones y requisitos que en esta Ley Foral se establecen.Siguiente: Artículo 2. Ley Foral 9/1994, de 21 de Junio, de Régimen Fiscal de Cooperativas de Navarra.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.