Artículo 114. Definición.
Son cooperativas de seguros las que ejercen la actividad aseguradora de acuerdo con la legislación sectorial vigente.Equivalencia Normativa
-Art. 101 Ley 27/1999 LGC. De las cooperativas de seguros. Normativa aplicable. - Equivalencia Ley anterior Art.97 Ley 18/2002, 5 julio, de Cooperativas de CataluñaSiguiente: Artículo 115. Ley 12/2015, de 9 de julio, de cooperativas de Cataluña
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