Artículo 146. Ley 12/2015, de 9 de julio, de cooperativas de Cataluña

Normativa
Ley 12/2015, de 9 de julio, de Cooperativas de Cataluña

Artículo 146. Naturaleza y legislación aplicable.




    1. Las federaciones y confederaciones tienen personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y han de regirse por las disposiciones de la presente ley en todo aquello que les sea de aplicación.

    2. La constitución y el funcionamiento de las federaciones y confederaciones quedan sujetos al régimen establecido para las cooperativas de segundo grado, sin perjuicio de las excepciones que establece la presente ley.

Equivalencia Normativa



-Art. 120 Ley 27/1999 LGC. Normas comunes a las Uniones, Federaciones y Confederaciones.
- Equivalencia Ley anterior Art.131 Ley 18/2002, 5 julio, de Cooperativas de Cataluña

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