Artículo 15. Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de Cooperativas de Galicia

Normativa
Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia

Artículo 15. Calificación previa del proyecto de estatutos.




    1. Los promotores facultados por la Asamblea constituyente podrán, con carácter previo a la  elevación a pública de la escritura de constitución, solicitar del Registro de cooperativas  competente la calificación previa del proyecto de estatutos, salvo acuerdo en contrario de la  propia Asamblea.

    2. A la solicitud de dicha calificación previa habrá de acompañarse el acta de la Asamblea  constituyente y el proyecto de estatutos, así como la certificación de que no existe inscrita otra  sociedad con idéntica denominación expedida por la Sección Central del Registro de  Cooperativas dependiente de la Administración General del Estado.

Equivalencia Normativa



Art. 11 Ley 27/1999 LGC. Contenido de los Estatutos.

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